La Comisión de Protección de Datos en Andalucía de ANDCE (Asociación Andaluza de Comercio Electrónico) en colaboración con el Ilustre Colegio de Abogados de Huelva y la Asociación de Abogados Especialistas en Nuevas Tecnologías de Andalucía han celebrado hoy el curso "Implantación LOPD para Abogados", con el objetivo de especializar en materia de protección de datos a todos los abogados onubenses para que adquieran las claves sobre cómo implantar la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal en sus despachos. 

El programa del curso, que ha tenido como ponente al presidente de ANDCE, Pedro Rodríguez López de Lemus, se ha centrado en la LOPD y su reglamento de desarrollo aplicado a los abogados, cómo localizar e inscribir los ficheros en el Registro General de Protección de Datos, el análisis legal del tratamiento y redacción de cláusulas y contratos, así como la redacción e implantación del Documento de Medidas de Seguridad. 

Los últimos datos presentados por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en su última Memoria Anual del 2009, sitúan a Huelva como la provincia andaluza con menos denuncias recibidas por la AEPD, con un 4,56% del total de las 504 procedentes de las ocho provincias andaluzas. Por delante se sitúan Sevilla (26,39%), Málaga (19,64%), Cádiz (13,89%), Granada (13,69%), Almería y Jaén cada una (7,37%), y Córdoba (7,14%). A nivel regional, Andalucía tiene el 12,37% de las denuncias nacionales, respecto al 10,6% que tenía en el año 2008. Los principales motivos de reclamación estuvieron relacionados con el uso de las redes sociales en Internet, la videovigilancia y con la inclusión indebida de datos en listas de morosos. 

En cuanto a las sanciones a las empresas, Huelva destaca por la ausencia de las mismas en el 2009, frente al resto de provincias como Sevilla con 4 sanciones, Jaén con 3, Almería con 2, Granada y Cádiz ambas con 1 sanción cada una, y Córdoba que tampoco tuvo ninguna sanción en el ejercicio 2009.

La Audiencia Nacional tiene pendiente decidir si obliga a Google, tal y como le pide la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), a eliminar de su buscador las referencias a los ciudadanos que no quieren aparecer en él. Pero antes ha abierto un periodo de alegaciones a las partes en las que les pregunta sobre la conveniencia de plantear varias cuestiones al Tribunal de Justicia de Luxemburgo. Para Google, el simple hecho de plantearse elevar esa cuestión prejudicial a Europa ya supone una buena noticia. La compañía interpreta que la Audiencia Nacional no tiene claro si la AEPD está actuando conforme al derecho comunitario.

La Audiencia pide ayuda al Tribunal Europeo al considerar que puede haber dudas interpretativas del derecho europeo y que su resolución afectaría a otros países. Google tiene a su favor tres fallos en Italia, Bélgica y Francia que, según la compañía, tratan casos muy similares a los españoles. En el primero fue la propia agencia de protección de datos nacional la que dio la razón al buscador. En los otros dos, dirimidos en los juzgados, los tribunales de primera instancia hicieron lo mismo. En España la AEPD ha dado la razón a los 93 ciudadanos que quieren que Google les elimine del índice de su buscador, y la Audiencia, a petición de Google, sólo se está enfrentando a los cinco primeros casos.

La Agencia no detalla qué argumentos expondrá en sus alegaciones ante la Audiencia Nacional, pero insiste en que el buscador tiene que cumplir con la legislación española y que, en este caso, no se está sometiendo a ella. "La ausencia de derecho al olvido en internet puede entrañar perjuicios personales importantes", explican. Pero la AEPD y Goo-gle hablan lenguajes muy diferentes para referirse al mismo tema. Mientras la primera señala casos de nombres de personas que aparecen asociados a indultos, concesión de subvenciones a drogodependientes o víctimas de violencia de género, Google considera que eliminar esos enlaces supondría una forma de censura y que lo que se tendría que hacer, si se considera necesario, eseliminar el contenido original donde se nombra a esos ciudadanos. De esa forma, explica, sus robots dejarían de indexar esa información.

La Agencia Tributaria de Baleares y la Dirección General de Tráfico firman un convenio que simplificará el pago del Impuesto de Transmisión de vehículos usados, según informa un comunicado del Govern.

El presidente de la Agencia Tributaria balear (ATIB), Carles Manera, y la jefa provincial de Tráfico en Baleares, María Teresa Sau, han rubricado un acuerdo por el cual ambos organismos intercambiarán información tributaria y de registros.

El objetivo del convenio es, según explica el comunicado, intensificar las relaciones interinstitucionales para racionalizar la gestión de los recursos públicos y simplificar a la ciudadanía la realización de los trámites con garantías de salvaguarda del derecho a la intimidad y la protección de los datos personales.

Para ello, la DGT facilitará a la Agencia Tributaria los datos que figuran en el Registro General de Vehículos (RGV), tales como el tipo de vehículo, la marca, el modelo, la potencia real y fiscal, tipo de motor, cilindrada y fecha de matriculación.

Un usuario lleva casi un año pidiendo a Movistar la baja en un servicio de acceso a Internet móvil. Lo ha hecho por teléfono, fax, email, la web de la compañía y correo certificado, pero la empresa no sólo ha hecho oídos sordos a sus solicitudes sino que lo ha incluido en un registro de morosos por negarse a pagar las facturas que ha seguido emitiéndole.
El usuario es socio de FACUA-Consumidores en Acción, que ha reclamado a Movistar que acepte de una vez la baja, cancele las facturas que le ha emitido de forma irregular y lo saque de Asnef, el fichero de insolvencia patrimonial en el que lo ha incluido ilegalmente por una supuesta deuda de 87,90 euros.

FACUA pide sanciones

Pero FACUA también ha denunciado a Movistar ante distintos organismos solicitando sanciones por los abusos que ha cometido con este usuario.

Así, ha denunciado a la compañía ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), el Servicio Provincial de Consumo de la Junta de Andalucía -el usuario reside en Sevilla- y la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (Setsi) del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

La normativa de telecomunicaciones da a los operadores un plazo de dos días para procesar las solicitudes de baja de los usuarios. Este ususario lleva 337 días esperando, desde el 10 de diciembre de 2009.

Este nuevo litigio es referido a las más de 80 reclamaciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), para que elimine los datos de particulares que consideran vulnerado su derecho a la intimidad. La Agencia Española de Protección de Datos, podría llevar el caso hasta elTribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) situado en Luxemburgo. Con esta medida se intenta que Google filtre los contenidos de su buscador para evitar que muestre contenidos que vulneren la intimidad de los usuarios.

Para Google, este caso supone un posible efecto domino hacia otros países de la Unión Europea, que también podrían demandar a Google por el llamado “derecho al olvido”. Sin embargo el coloso de internet, ya está de nuevo enseñando los dientes y se defienden argumentando que son los propios Webmasters los que deben retirar elcontenido lesivo en cuestión de sus propios sitios.

El director europeo para relaciones externas de Google, Peter Barron “no estamos de acuerdo con las acciones del regulador español. Las leyes tanto españolas como europeas responsabilizan al editor de su propio contenido. Exigir a intermediarios, como los motores de búsquedas, que censuren material publicado por otros tendría un espeluznante y profundo efecto en la libertad de expresión sin proteger la privacidad de la gente”.

 

FUENTE: www.islabit.com