El pasado 16 de abril se publicaba la noticia de la reunión de la Asociación el Defensor del Paciente con el Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid a propósito de la habilitación de cámaras de vigilancia en los hospitales para tener pruebas gráficas en caso de denuncias por parte de los usuarios y pacientes.

 

Ante dicha solicitud, la Consejería ha anunciado un estudio jurídico sobre tal iniciativa.


Según manifestaba la presidenta de dicha asociación, Carmen Flores, sería el juez el que tuviera acceso a las grabaciones para que las visualizara 'y viera lo que ha pasado' en los casos denunciados por los pacientes, para terminar considerando que dicha iniciativa "es buena para los profesionales y los propios pacientes".

Más allá de las cuestiones legales y deontológicas que supondría esta medida tanto para pacientes/usuarios como para los profesionales de la Sanidad, me ha llamado la atención el concepto de 'vigilancia democrática' con el que se define la solicitud de esta asociación. Esto es, 'que las grabaciones en los hospitales sólo puedan ser vistas por los jueces, y sólo cuando se presente una demanda por negligencia o desatención médica'.

¿Supone este concepto una quiebra de la confianza por parte de los ciudadanos hacia profesiones con una tradicional y elevada consideración social? ¿Abre una nueva vía de relación y formas de convivencia entre la propia ciudadanía? ¿Están dispuestos los profesionales que ejercen su actividad en sectores sujetos a una especial sensibilidad social a que su práctica laboral sea grabada para posterior escrutinio legal ante posibles demandas?

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FUENTE:Barrapunto.com