El Pleno de la Asamblea, con 76 votos, archivó el proyecto de Ley de Protección a la Intimidad y a los Datos Personales, por considerar que varias de las normas propuestas ya están consideradas en la Constitución y en la legislación secundaria existente.

En el informe preparado por la Comisión de Justicia y Estructura del Estado recomendó su archivo, argumentando que el proyecto no tiene la condición ni alcance jerárquico de Ley Orgánica, inexactitud cualitativa del proyecto de ley que evidencia su deficiencia; errores en la determinación de los medios legales potenciales en el proyecto de ley; yerros contenidos al momento de proponerse varios tipos de medios de protección; creación innecesaria de un organismo administrativo-burocrático de competencia y presencia nacional, denominado “Dirección Nacional de Protección de Datos personales”.

El asambleísta Mauro Andino Reinoso, presidente del órgano legislativo, manifestó que si bien la iniciativa pudo haber sido positiva, la Comisión de Justicia y Estructura recomendó en los informes del primer y segundo debate su archivo, porque lo que consta en el proyecto está desarrollado en otras normativas como en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, Código Civil, Código Penal y otras más.

Por lo tanto, la Comisión consideró innecesario volver a desarrollar o volver a tener un cuerpo de leyes cuando ya existe una serie de garantías desarrolladas en varias normativas.

Fuente: Diario Opinión