El número de cámaras de vigilancia casi se duplica en tres años

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El 98 por ciento de estos sistemas los instalan particulares o empresas, sobre todo las de comercio y hostelería

Las cámaras de videovigilancia siguen ganando terreno en las calles extremeñas, tal como ocurre a escala nacional. La sensación ciudadana de que cada vez hay más la confirman las cifras oficiales. A fecha 1 de julio, en Extremadura había 5.553 ficheros de videovigilancia activos, según la información facilitada por la Agencia Española de Protección de Datos. Esa cifra es un 85 por ciento superior a la de justo tres años antes, lo que ilustra sobre la popularización de este tipo de sistemas de seguridad.

Cada vez que una empresa o un particular instala un mecanismo de esta clase, debe inscribirlo en un documento con sello oficial que se incorpora al Registro General de Protección de Datos, en el que a fecha 1 de julio, había 272.712 expedientes de todo el país. Ahora bien, hay que tener en cuenta que cada fichero se puede referir a una cámara o a varias. Esto significa que si en la comunidad autónoma hay 5.553 ficheros, el número de cámaras es considerablemente superior, porque muchos de ellos se refieren no a uno sino a varios de estos aparatos.

La iniciativa de recurrir a este tipo de soluciones la puede tomar lo mismo un particular que una empresa. A escala nacional, el sector que en mayor medida recurre a los sistemas de videovigilancia es el comercio, con gran diferencia, que suma más de sesenta mil en todo el país. En segundo lugar, con más de treinta mil, aparecen los negocios de turismo y hostelería. Y tras ellos, las comunidades de propietarios y la sanidad.

En todos los casos, la instalación de estos equipos implica el cumplimiento de una serie de normas. Una de ellas es que las cámaras instaladas en espacios privados no pueden obtener imágenes de espacios públicos más allá de lo que sea obligado por cuestiones técnicas o porque resulte imprescindible para que puedan cumplir su función. «Por ejemplo -ilustran desde la Agencia Española de Protección de Datos-, si una cámara debe ubicarse necesariamente en la puerta de entrada de una entidad bancaria, debería orientarse de modo que la parte de vía pública que recoja se limite al acceso vigilado, sin recoger más porción de la vía pública que la imprescindible».

Además, debe existir una proporcionalidad entre el fin perseguido y el modo en el que se tratan los datos. De esta forma, resultaría desproporcionado, por ejemplo, que las videocámaras que controlan los accesos a un garaje se utilizaran, moviéndolas y utilizando el zoom, para filmar el interior de los vehículos que circulan por la calle. Otra obligación legal es comunicar a la Agencia si el sistema graba y conserva las imágenes. En el caso de las administraciones públicas, esta particularidad debe ser publicada en el diario oficial que proceda....LEER NOTICIA COMPLETA.