Casi un millar de vigilantes de Seguridad Privada ayudarán a combatir los delitos

Con la nueva Ley, que entró en vigor el pasado miércoles, los agentes privados ayudarán a Policía y Guardia Civil, pero siempre subordinados a estos
Policía Nacional y Guardia Civil cuentan desde el pasado miércoles 4 de junio con una colaboración más estrecha de los cerca de mil vigilantes de seguridad privada habilitados en la provincia de Almería. La nueva ley de Seguridad Privada permite a la Administración pública contratar los servicios de estas empresas para servicios encomendados a la seguridad pública, «complementando la acción policial». Las nuevas funciones también podrán realizarse por guardas rurales. Estos servicios complementarios aún están por definir en los correspondientes reglamentos que desarrollarán esta nueva ley y en todo momento estos vigilantes actuarán bajo la tutela de Policía y Guardia Civil cuando intervengan en servicios conjuntos.

«La nueva normativa abre una vía al desempeño de nuevos servicios de seguridad privada. Nosotros entendemos que la colaboración entre la seguridad pública y la privada favorece mucho a la seguridad ciudadana en general, puesto que se suman esfuerzos, siempre desde el punto de vista de subordinación a los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado. Algunas funciones ya se estaban prestando, como la vigilancia en centros penitenciarios, la protección de barcos atuneros en el Océano Índico o el mantenimiento de la seguridad de infraestructuras críticas. Gracias a la nueva ley, se recogen expresamente otras actividades que ya se estaban desarrollando de acuerdo con una interpretación amplia del reglamento, como la vigilancia en acontecimientos culturales, deportivos o cualquier otro evento de relevancia social que se desarrolle en vías o espacios públicos», señala Miguel Sánchez Pizarro, presidente en Andalucía de la Asociación profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad, Aproser.

La nueva ley de Seguridad Privada no permitirá a los vigilantes privados exigir la documentación a cualquier ciudadano como lo puede hacer la Policía Nacional o Guardia Civil en cualquier momento. Solo podrán anotar los datos personales de esos retenidos pero, a diferencia del texto inicial, no podrán hacer averiguaciones sobre esos datos ni comprobarlos. Tendrán la potestad de retener a delincuentes y ponerlos a disposición de las fuerzas de seguridad cuando sean sorprendidos en flagrante delito «en relación con las personas o bienes objeto de su vigilancia y protección», tal y como ocurre en la actualidad cuando una persona es sorprendida en una tienda robando.

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FUENTE:IDEAL