PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos  45, 97,   párrafos quinto y sexto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 3, 5 fracción I, 7 y 9 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, la Quincuagésima Novena Legislatura aprueba la Convocatoria que regula el procedimiento para la selección de los comisionados que integrarán el Consejo General de la Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala, que ejercerán sus funciones durante el período comprendido del dos de enero del dos mil once al primero de enero del dos mil catorce, para quedar como sigue:

HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA

LIX LEGISLATURA

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 y 97, párrafos quinto y sexto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 73, 74, 75, 76, 77 y 78, párrafo segundo de la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Tlaxcala; el Honorable Congreso del Estado, a través de la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos:

C O N V O C A

A los profesionales en el área de Ciencias Sociales con título y cédula profesional legalmente expedidos, con antigüedad no menor de cinco años anteriores a la fecha de la presente convocatoria, a participar en el procedimiento de selección de comisionados que integren el Consejo General de la Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala, quienes ejercerán sus funciones durante el período comprendido del dos de enero del año dos mil once al primero de enero del año dos mil catorce, de acuerdo con las siguientes:

B A S E S

PRIMERA. Las solicitudes y documentación deberán ser presentadas en la oficina que ocupa la Secretaría Parlamentaria del Honorable Congreso del Estado, en los días y horarios que establece esta Convocatoria.

SEGUNDA. De conformidad con lo que establece el artículo 75 de la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Tlaxcala, para ser Comisionado se requiere cumplir con los siguientes:

REQUISITOS LEGALES

I.    Ser mexicano por nacimiento y con residencia en el Estado, no menor de cinco años anteriores a la fecha de su nombramiento;

II.    Tener grado de licenciatura en el área de Ciencias Sociales, con título y cédula profesional legalmente expedidos, con antigüedad no menor de cincos años anteriores a la fecha de la convocatoria;

III.    Demostrar experiencia en actividades profesionales, del servicio público o  académico relacionadas con la materia de la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Tlaxcala;

IV.    Gozar de reconocido prestigio profesional y personal;

V.    Tener al menos treinta años cumplidos al día de la convocatoria;

VI.    No ser dirigente de partido político alguno o haber ocupado un cargo de representación popular, ni haber sido servidor público con funciones de dirección o atribuciones de mando dentro de la administración pública federal, estatal o municipal; también será impedimento  el desarrollo de cualquier otra actividad que se contraponga a las funciones propias de su encomienda, excepción hecha a aquellas de carácter docente y de investigación científica.

Para los supuestos señalados en esta fracción, el impedimento desaparecerá si el interesado se separa de su función, cargo, comisión o empleo cuando  menos con dos años previos a la fecha de su designación, y

VII.    No estar privado de sus derechos civiles o políticos.

TERCERA. Para la comprobación de los requisitos señalados en la base que antecede, cada aspirante deberá entregar la siguiente:

DOCUMENTACIÓN

I.    Acta de nacimiento en copia certificada;

II.    Constancia de radicación expedida por el Secretario del Ayuntamiento del Municipio en que resida, en términos de lo previsto por el artículo 75 fracción I de la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Tlaxcala.

III.    Currículum Vitae en original o copia certificada con el cual acredite su formación profesional conforme lo dispone la fracción II de la base segunda de esta Convocatoria;

IV.    Carta de antecedentes no penales;

V.    Carta dirigida al Congreso del Estado, en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad,  que cumple con lo previsto por la fracción VI del artículo 75 de la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Tlaxcala, y

VI.    Todos los aspirantes deberán presentar en forma triplicada Plan de Trabajo sustentado metodológicamente, y que versará sobre la implementación de objetivos, actividades y demás asuntos que consideren relevantes para la operatividad de la Comisión en caso de ser designado Comisionado del Consejo General de la Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala.

Si lo manifestado bajo protesta de decir verdad por el aspirante a Comisionado del Consejo General de la Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala, resulta falso, el Congreso del Estado se reserva el derecho de proceder legalmente.

CUARTA. Los aspirantes a comisionados e integrantes  del Consejo General de la Comisión de Acceso a la información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala, se sujetarán a las siguientes:

FASES DEL PROCEDIMIENTO  DE SELECCIÓN

I.    Recepción de solicitudes y documentación. Se llevará a cabo a partir del día miércoles primero diciembre del año dos mil diez, en la oficina que ocupa la Secretaría Parlamentaria del Honorable Congreso del Estado de Tlaxcala, en el horario siguiente: de 9:00 a 15:00 horas y de 17:00 a 20:00 horas en días hábiles, teniendo como fecha límite el día  martes siete de diciembre del año dos mil diez. Se entregará a los solicitantes acuse de recibo foliado con el número de participante.

II.    De los requisitos de elegibilidad. La Junta de Coordinación y Concertación Política y la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, revisarán que los aspirantes a comisionados cumplan con los requisitos de elegibilidad. Los aspirantes que no cumplan lo dispuesto en las bases Segunda y Tercera de esta Convocatoria, serán dados de baja del procedimiento de selección.

Quienes cumplan con los requisitos de elegibilidad señalados en esta Convocatoria, serán dados a conocer mediante lista que se publicará en los estrados de la Secretaría Parlamentaria de esta Soberanía, el día lunes trece de diciembre del año dos mil diez, donde aparecerá el número de folio que se les haya asignado.

III.     Entrevista. Se realizará por el Sínodo que designe la Junta de Coordinación y Concertación Política y la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos. El Sínodo estará integrado por tres académicos expertos en la materia y ajenos de toda relación laboral al Estado.

La entrevista a los aspirantes se llevará a cabo a partir del día miércoles quince de diciembre del año dos mil diez, desde las 10:00 a. m., y se efectuará en sesión pública en el salón de sesiones del Pleno de esta Soberanía, y consistirá en:

a). Presentación de plan de trabajo del aspirante; su intervención no deberá exceder de cinco minutos.

b). El sínodo realizará las preguntas que considere pertinentes, valorando ante todo el conocimiento y experiencia en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales.

IV.    Presentación del Dictamen de validación del proceso, resultados y elección. La Comisión de Puntos Constitucionales , Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos presentará el dictamen por el cual se validará el Proceso de Selección y dará a conocer el resultado emitido por el Sínodo, mismo que será leído ante el Pleno del Congreso, en sesión pública extraordinaria, eligiendo a los comisionados propietarios y suplentes, del Consejo General de la Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala, quienes rendirán protesta de Ley, en términos de lo previsto por los artículo 54 fracciones XXX y LIX, 97 párrafo quinto y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala y 77 de la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Tlaxcala.

V.    Designación y toma de protesta del Comisionado Presidente. A efecto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 77 de la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Tlaxcala, los comisionados propietarios y ante la fe del Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, de manera insaculada elegirán de entre ellos, a quien será designado Comisionado Presidente y la rotación anual de dicha presidencia.

QUINTA. Los diputados integrantes de la LIX Legislatura, tendrán acceso en todo momento a los expedientes de los aspirantes y a estar presentes en las fases del procedimiento de selección.

SEXTA. La Junta de Coordinación y Concertación Política y la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, se reservan el derecho de verificar la autenticidad de los documentos que presenten los aspirantes, en cualquier momento y por los medios que estimen pertinentes, hasta la conclusión del procedimiento de selección.

SÉPTIMA. Los casos no previstos en esta Convocatoria serán resueltos por la Junta de Coordinación y Concertación Política y la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos del Honorable Congreso del Estado y sus decisiones serán inapelables.

SEGUNDO. Publíquese esta Convocatoria en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en por lo menos dos de los diarios de mayor circulación en la Entidad.

Dado en la sala de sesiones del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil diez.

 

FUENTE: www.e-consulta.com