El Ayuntamiento asume la relevancia de los ficheros «de carácter personal» que obran en su poder como consecuencia de su condición de Administración pública y decide, en justa correspondencia, aplicar formalmente niveles de protección que garanticen su anonimato e impidan el acceso a sus archivos.

Ése es, en resumen, el objetivo del acuerdo adoptado por su máximo órgano ejecutivo tras aceptar que «los avances tecnológicos, singularmente los informáticos, suponen posibilidades de intromisión en el ámbito de la privacidad e intimidad, así como de limitación y vulneración del derecho a la autodisposición de las informaciones que son relevantes para cada persona».

Y, al mismo tiempo, el motivo por el que se decide constituir varios ficheros automatizados, ampliando aquéllos que ya estaban reconocidos por el propio Concejo y sujetos a la Ley de Protección de Datos. A la lista se suman, en concreto, los datos procedentes del control de acceso del personal a las instalaciones municipales (piscinas e instalaciones deportivas), así como a relación de personas identificadas por la Policía Local y el resto de los cuerpos de Seguridad, la nómina de personas atendidas por los servicios sociales del Consistorio, los beneficiarios de las becas y ayudas al estudio o los usuarios de la Biblioteca y Ludoteca municipales.

Cada uno de ellos, viene a determinar con sumo detalle el acuerdo adoptado por el pleno, está sujeto a diferentes criterios de protección. No se prevé, por ejemplo, la cesión de los datos correspondientes al uso de las piscinas y se establece con absoluta claridad que los correspondientes a las instalaciones deportivas están «especialmente protegidos» al considerar que se exige la aplicación de un nivel medio en ambos casos. Tal y como sucede con el archivo de casos que obran entre el personal del Servicio Social de Base que deberá proteger, con especial interés, tanto la información que hace referencia al estado de salud de los usuarios como a la comisión de infracciones penales y administrativas.

Se trata, éste último, de un apunte recogido igualmente en el párrafo que alude al parte de actuaciones de la Policía, aunque en este caso con un régimen de protección que se sitúa en un estadio superior, el alto.

En el caso de la lista de beneficiados por la concesión de las ayudas al estudio, caso de las becas Sánchez del Río, la Administración jarrera hace especial hincapié en la privacidad de los datos que recogen los ingresos de los peticionarios dentro de un nivel medio, sin considerar que haya datos que deberán estar sujetos a un criterio de protección «especial».

Eso sí. El dictamen del acuerdo que será publicado en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR) deja bien claro que «los datos de carácter personal registrados en los ficheros automatizados del Ayuntamiento sólo serán utilizados para los fines expresamente previstos y por personal debidamente autorizado».

 

FUENTE: www.elcorreo.com