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PALMA.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), el ente público encargado de velar por el cumplimiento de la normativa en materia de ficheros documentales, ha sancionado en varias ocasiones a centros sanitarios públicos por fugas de historiales y datos de los pacientes similares a los que habrían ocurrido en el hospital de Inca. La AEPD ha responsabilizado de las infracciones a los propios centros y también a las consejerías de Salud autonómicas de quien dependen los primeros.

Los datos relativos a la salud están incluidos entre las materias más sensibles a la hora de blindar su acceso mediante todo tipo de ficheros, incluidos, lógicamente, los de carácter informático.

La legislación, y en especial la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, regula con extrema precisión los protocolos para el tratamiento y acceso a esos ficheros y los sistemas de seguridad para impedir fugas de datos.

En Inca se ha denuncia la utilización de listados de pacientes para fines electorales, al ser empleados por dirigentes del PP para visitar a enfermos de esa ciudad hospitalizados.

La AEPD ha sancionado, por ejemplo, a la dirección general de Salud Pública de la Comunidad Autónoma de Valencia por dejar abandonados un millar de historias clínicas en un antiguo consultorio auxiliar de Xeressa (Valencia).

La Agencia también ha responsabilizado al Servicio Cántabro de Salud por la difusión de datos de pacientes psiquiátricos y médicos de varios consultorios a través de Internet. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) no puede interponer multas a las Administraciones públicas. 

Meras amonestaciones

Sus castigos, en caso de declarar probada la fuga de datos sensibles o negligencia en la seguridad de las bases de datos, consisten en meras amonestaciones o advertencias para que corrijan las anomalías. La AEPD también informa, en algunos supuestos, de esas faltas al Defensor del Pueblo.

 

FUENTE: www.diariodemallorca.es