Sin acuerdo entre Apple y el abogado sevillano que demanda al gigante de la telefonía
La multinancional niega que el término «compra» induzca a confusión como sostiene el letrado que mantendrá su denuncia
No ha sido posible el acuerdo entre Apple y el abogado sevillano que se ha atrevido a llevar a los tribunales a la multinacional. Hoy se ha ha celebrado el acta de conciliación en el juzgado de Primera Instancia número 33 de Madrid dond estaban citadas ambas partes para intentar evitar la demanda.
Sin embargo, según ha explicado el letrado sevillano Victór López que ha demandado a la compañía, el acuerdo no se ha alcanzado aunque para este joven sevillano ya es todo un logro que los letrados de la otra parte hayan accedido a acudir a la citación judicial ya que no era obligatorio y tampoco es corriente que una entidad demandada lo haga en un caso similar.
En cualquier caso el abogado asegura que, durante el acta, desde Apple han negado las acusaciones que contra la compañia había lanzado el abogado por utilizar el término «compra» en lugar de «descarga» cuando los usuarios de un teléfono móvil se bajan canciones o vídeos.
Según ha explicado López, Apple ha argumentado que el término «comprar» se utiliza en las tiendas digitales de la empresa para que el consumidor, al efectuar el pedido, confirme expresamente que es consciente de que éste implica una obligación de pago, pero no para definir en modo alguno la naturaleza del contrato como una compraventa.
Además al parecer Apple ha negado también la supuesta confusión que el término comprar generaría en un consumidor ya que considera que al ser un entorno de cierta sofisticación tecnológica, se supone que los usuarios tienen un estándar alto de comprensión del producto y manejo de sus funcionalidades.
Por ello el abogado asegura que, tras la imposiblidad de acuerdo, se abre otro plano procesal en el que se plantea firmemente la presentación de una demanda para que sea un juez el que determine si Apple Inc. puede seguir usando este término en sus tiendas digitales en España. En este sentido, el letrado insiste en que es un vocablo «confuso» y que no considera adecuado en tanto en cuanto se celebra «un negocio jurídico que absolutamente nada tiene que ver con la figura jurídica de la compraventa y sus efectos en España»....LEER NOTICIA COMPLETA.