La Sala Cuarta dio su aval a un proyecto de ley, aprobado en primer debate en la Asamblea Legislativa, que regula el comercio y divulgación de información personal en poder de empresas administradoras de bases de datos.
En un voto con fecha del 27 de abril, los magistrados no encontraron problemas de constitucionalidad en la iniciativa denominada Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, cuyo expediente es el 16.679.
Las empresas que regulará el proyecto recopilan y venden información de los ciudadanos como el nombre completo, parientes, sitio de trabajo, fotografía, teléfonos registrados, lugar de residencia y propiedades a su nombre, entre otros.
Estos datos son muy útiles para las entidades financieras, comerciales, empleadores u oficinas de recursos humanos que quieren ubicar a sus clientes, conocer el historial crediticio o verificar la identidad de una persona.
El proyecto de ley establece regulaciones y cobros para las firmas de bases de datos, así como la creación de una agencia estatal que regulará esa actividad en el mercado nacional.
La iniciativa también agrupa los datos por categorías y define cuáles son de acceso público, de acceso restringido o totalmente privados.
Tras su aprobación en primer debate, el 17 de marzo, un grupo de 11 diputados envió el proyecto a consulta a la Sala Cuarta. Argumentaron que la iniciativa violentaba la libertad de información porque se constituía en una forma de censura.
Los legisladores estimaron inconstitucional el cobro para las empresas sobre los datos que circulen o se divulguen con cada consulta de sus clientes. Añadieron que la ley establece procedimientos sancionatorios no sujetos al debido proceso.
Criterio de la Sala. En su razonamiento, la Sala no encontró ilegalidades en el trámite legislativo ni en el fondo del proyecto.
Los magistrados explicaron que la nueva legislación se ocupa de llenar un importante vacío normativo. Aseguraron que actualmente las administraciones públicas como las empresas que recopilan datos personales “carecen de regulaciones legales que fiscalicen, controlen e intervengan los archivos que contienen esos datos (...)”.
En el fallo, manifestaron que desde hace muchos años la Sala IV identificó la necesidad de proteger los datos personales como un derecho fundamental.
Asimismo, la resolución agregó: “Es importante que toda aquella información personal que llegue a formar parte de las bases de datos tenga normada las conductas lícitas e ilícitas de los operadores para que no lleguen a lesionar los derechos fundamentales”.
Los integrantes de la Sala Cuarta se manifestaron a favor de la existencia de una institución administrativa que vele “por el equilibrio de la actividad”.
La propuesta de ley establece la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes, adscrita el Ministerio de Justicia y que debe velar porque no se lesionen los derechos de las personas cuyos datos aparecen en las bases.
Entre los diputados que plantearon la consulta ante la Sala IV están Carlos Góngora, Adonay Enríquez, Manuel Hernández y Mireya Zamora, del Movimiento Libertario. Además, Wálter Céspedes, Gloria Bejarano y Rodolfo Sotomayor, socialcristianos.
FUENTE: www.nacion.com