La Comisión de Protección de Datos en Andalucía de la Asociación Andaluza de Comercio Electrónico (ANDCE) ha lanzado una Campaña Antispam con el objetivo de reducir el SPAM en nuestra comunidad y ofrecer consejos para controlarlo. Según los últimos datos aportados por la Memoria Anual 2010 de la Agencia Española de Protección de Datos, las resoluciones sancionadoras en materia de spam a nivel nacional se incrementaron un 27%, hasta alcanzar los 46 procedimientos sancionadores en el 2010, de los que el 6,5% corresponden a procedimientos en Andalucía. Del 2009 al 2010, los procedimientos sancionadores sobre spam en Andalucía se han logrado reducir un 40%, gracias a la mayor concienciación de las empresas para evitar ser sancionadas. 

El envío de mensajes comerciales o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica sin el consentimiento previo está prohibido por la legislación española, por la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico. 

La Campaña puesta en marcha por la Comisión de Protección de Datos de Andalucía se basa en una serie de acciones como: Informar a ciudadanos y empresas sobre los perjuicios de este tipo de comunicaciones electrónicas tanto para quien las recibe, por la pérdida de tiempo que produce, como para quien las envía, por el riesgo a ser sancionado con multas de elevada cuantía por la AEPD; Formar a ciudadanos y empresas sobre esta materia a través del curso “Comunicaciones comerciales sin SPAM” desde la plataforma www.formacionenlinea.eu; y Denunciar a las empresas que realicen SPAM, así como asesorar a los receptores de SPAM para formular estas denuncias.

El Presidente de la Asociación Andaluza de Comercio Electrónico y miembro de la Comisión de la Protección de Datos en Andalucía, Pedro Rodríguez López de Lemus explica que “Actualmente se denomina SPAM o correo basura a todo tipo de comunicación no solicitada, realizada por vía electrónica y esta conducta es particularmente grave cuando se realiza en forma masiva. Desde la Comisión estamos trabajando por asesorar a los interesados sobre sus derechos y obligaciones ante la recepción de spam y para ello, lo mejor es denunciarlo ante la Agencia Española de Protección de Datos, algo bastante sencillo, y que no requiere gasto ni pérdida de tiempo. Todos salimos ganando con ello”.

La Comisión de la Protección de Datos de Andalucía también ofrece dentro de su Campaña Antispam, algunos consejos básicos a seguir con los que poder reducir el correo basura en las cuentas de correo:

1. Tener una dirección de correo electrónico alternativa: ya que al registrarse continuamente en foros, blogs, tiendas y todo tipo de webs online, nuestra dirección de correo electrónico queda almacenada en decenas de bases de datos, para posteriormente ser usadas para envío de boletines y/o publicidad. 

2. Activar los filtros internos para detectar los correos basura: los mensajes bloqueados son enviados a una bandeja especial de SPAM, para que sde puedan revisar a posteriori. Es importante mantener al día las actualizaciones de antivirus y antiSpam.

3. No utilizar nunca configuraciones de buzón global en las cuentas de correo: ya que son uno de los mayores focos de spam, al recoger los correos de todas aquellas cuentas de nuestro dominio que reciben emails y no existen. 

4. Controlar a quién se le da la dirección de email y evitar publicar la dirección e-mail en foros, sitios webs, etc. 

5. Leer detenidamente las políticas de privacidad y las condiciones de cancelación cuando se contrate un servicio o producto.

El envío de comunicaciones comerciales no solicitadas puede constituir una infracción leve o grave de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información. Por la comisión de infracciones leves, la multa puede ser de hasta 30.000 € y para las graves, la multa puede ser de 30.001 hasta 150.000 €. 

Además de suponer una infracción a la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, la práctica del SPAM puede significar una vulneración del derecho a la intimidad y el incumplimiento de la legislación sobre protección de datos, ya que hay que tener en cuenta que la dirección de correo electrónico puede ser considerada como dato de carácter personal, por lo que hay que las empresas deben tener en cuenta esta vulneración y tomar medidas para evitarlo.

 

FUENTE: www.acceso.com