La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) informa que no poner en copia oculta las direcciones de correo electrónico supone a las empresas una sanción realmente ejemplar: multas de entre 600 y 3.000 euros por revelar datos privados de sus clientes o de personas que habían cedido su dirección con fines informativos.

La AEPD, en su guía de recomendaciones de uso de Internet, insiste en la protección legal que existe sobre los datos personales porque una mala práctica en el envío de mails favorece el spam. Para garantizar la confidencialidad de los destinatarios hay que introducir los correos electrónicos en el campo de copia oculta (CCO). Así se evita que los demás destinatarios sepan a quién se ha enviado el mensaje.

Generalmente, la AEPD aplica la multa mínima (600 euros) obligada por la ley, pero las sanciones por revelar estos datos podrían llegar a los 60.000 euros. Por último señalar que hasta ahora las sanciones no se han aplicado a los usuarios particulares, siempre a las empresas.

FUENTE: www.elblogdeinase.es