Antes de lanzar un 'tuit', piense en los riesgos legales
Un tercio de los usuarios de redes sociales y la mitad de los que usan Twitter, según un estudio, no tiene en cuenta los peligros jurídicos al escribir un comentario en sus perfiles que podría ocasionar desde multas de hasta 600.000 euros a penas de dos años de cárcel
El auge de Twitter y el significativo aumento en el uso de medios como Facebook y Linkedin han convertido a las redes sociales en una parte dominante e importante de la vida cotidiana. La primavera árabe, los disturbios del verano pasado en ciudades del Reino Unido, el movimiento 15-M en España u otros similares en otros países recuerdan el enorme impacto que estos nuevos medios pueden tener en la sociedad.
El número de personas que ha publicado algún comentario en estas redes sociales ha crecido exponencialmente en los últimos tres años y sólo en Reino Unido ha crecido del 54% al 67%. Sin embargo la mayoría de los internautas que usan los Social Media no son conscientes de los peligros que implica participar en estas redes. Según un estudio efectuado por el bufete DLA Piper en el país británico, dos tercios (63%) de los encuestados afirma tener aún poca o ninguna conciencia de sus derechos y riesgos legales cuando escribe un comentario en redes sociales.
Otro dato preocupante refleja que sólo el 18% afirma que lee los términos y condiciones para publicar comentarios en estas redes, frente al 38% que lo hacía en 2008. Y aunque estos datos son de un estudio efectuado a 2.000 ciudadanos británicos, los resultados podrían ser similares en España.
Por ejemplo, comparativamente y en el caso de Twitter, Reino Unido es el segundo país en uso de la red de microblogging, pero España –en la 9º posición- es el que más creció, un 151%, entre noviembre de 2009 y 2010. Según el estudio de DLA Piper, el 52% de los usuarios de Twitter no tiene en cuenta que sus tuits podrían estar violando alguna ley antes de enviarlo, un porcentaje que sube al 65% entre los jóvenes de entre 18 y 14 años de edad.
Desde hace tiempo se acepta que el comportamiento en la Red difiere del comportamiento que las personas realizan en el mundo real, debido en gran medida, a que el anonimato lo permite. Pero las cosas están cambiando. Por un lado compañías como Facebook o Google + están luchando por que no existan perfiles falsos o bajo seudónimos y que todos los usuarios se registren con su nombre real. Y por otro, las autoridades policiales de muchos países están perfeccionando sus métodos para poder detectar con facilidad a quien vulnera la ley en las redes sociales.
ConsecuenciasPero ¿cuáles son los riesgos legales a los que se enfrentan los usuarios de redes sociales? El primer peligro en cualquier país es que la empresa para la que se trabaja considere que el comentario vertido en una red comprometa a la compañía o no sea una conducta adecuada para un empleado de esa empresa y ésta imponga una sanción leve o incluso una grave como el despido, que un juez podría considerar procedente.
En el caso del Reino Unido, donde se ha realizado el estudio, los comentarios difamatorios incluidos en redes sociales han conllevado cuantiosas multas de muchos miles de libras, y una violación de privacidad podría conllevar dos años de cárcel si así lo dictamina un tribunal británico. Por ejemplo, incitar disturbios callejeros, como los sucedidos el pasado agosto, a través de Facebook podría conllevar prisión.
“En España los riesgos son bastantes similares al Reino Unido”, como afirma Diego Ramos, socio del departamento de Tecnología y Propiedad Intelectual de DLA Piper en la oficina de Madrid. Ramos apunta que “en nuestro país los peligros jurídicos por el mal uso de las redes sociales van desde compensaciones a los afectados por temas contra la protección al honor y a la propia imagen -jurisdicción civil-, a cuantiosas sanciones administrativas impuestas por la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) de hasta 600.000 euros por temas como la usurpación de identidad o a penas de entre dos y cuatro años de cárcel por delitos contemplados en el Código Penal, máxime tras la reciente reforma”.
En este sentido el artículo 197 del Código Penal español especifica que será castigado con penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses a quien, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado –donde se incluiría el perfil personal de una red social-. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.
La reciente reforma del Código Penal también advierte, como publicó EXPANSIÓN (ver periódico del 24 de diciembre de 2010), que quien difunda noticias o rumores sobre personas o empresas a sabiendas de que los datos económicos son falsos con el fin de alterar el precio de una cotización, será condenado a entre seis meses y dos años de prisión. Por supuesto, también si éstas se producen ante un medio como las redes sociales.
Pero como añade el abogado de DLA también podría considerarse un delito tipificado con penas de prisión para quien “contribuya o fomente desde las redes sociales el suicidio de alguien, conductas como la anorexia o cuando se amenaza a otro usuario”. Precisamente hace unos días, la Policía detuvo en Marbella a un tuitero que amenazó de muerte a la presentadora de televisión Eva Hache. Y es que no todo vale en Internet. Antes de lanzar un tuit, piense en los riesgos legales.