La Agencia Española de Protección de Datos considera que la empresa utiliza información personal de niños sin informar a sus padres o tutores del tratamiento de los datos recabados.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto dos multas a Panrico S.A. por utilizar datos de menores sin el consentimiento paterno y por no informar a los padres o tutores de esos niños sobre el tratamiento de los datos recabados
Por utilizar datos de menores sin consentimiento paterno, la AEPD ha impuesto a Panrico S.A. una multa de 40.001 euros (por infracción grave), mientras que por incumplir su deber de informar expresamente a los padres, la Agencia reclama a la empresa otros 900 euros (infracción leve).
Ambas multas, no obstante, pueden ser recurridas ante la Agencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución o a través de un recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional.
Concurso infantil
Las bases del concurso permitían la participación de menores de edad para lo cual la empresa debía habilitar una opción para obtener el consentimiento de los padres o tutores legales.
Para optar a unos premios, los concursantes debían descargar un formulario de la web, rellenarlo y enviarlo a un apartado de correos de Panrico S.A., un documento que, sin embargo, no incluía el permiso paterno o del tutor del niño.
Unión de Consumidores de Cataluña
Para otros premios, los concursantes debían registrar sus datos en la web de la empresa (edad y dirección de correo electrónico entre otros), y en caso de ser menor de 14 años, debían facilitar el correo del tutor legal para que la web verificase la autorización paterna, pero en la práctica, el sistema permitía al niño participar en el concurso sin el consentimiento paterno.
La AEPD responde así a una reclamación de la Unión de Consumidores de Cataluña, organización que denunció a Panrico S.A. a principios de este año.