A.Nacional pide que la UE se pronuncie sobre el derecho al olvido en internet


La Audiencia Nacional se ha convertido en el primer tribunal europeo en plantear al Tribunal de Justicia de la UE una cuestión prejudicial sobre el llamado "derecho al olvido" en internet, que de ser resuelta vincularía a todos los tribunales de los Estados miembros donde haya reclamaciones similares.

La cuestión prejudicial -una consulta que se plantea en forma de auto y en el que se exponen, sin inclinarse por una tesis concreta, todos los interrogantes jurídicos a los que se ha enfrentado el tribunal- ha sido planteada por la sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.

En ella, los magistrados piden al Tribunal de Justicia de la UE, con sede en Luxemburgo, que resuelva si un particular tiene derecho a reclamar la supresión y el bloqueo de informaciones en los buscadores de internet relativas a su persona y que, con las nuevas tecnologías, podrían ser localizadas "a lo largo de toda su vida y la de sus descendientes".

La Audiencia Nacional ha decidido actuar así tras abordar el caso de un particular que, al teclear su nombre en Google, encontraba el enlace a un anuncio de la subasta de un inmueble por un impago a la Seguridad Social publicado en un periódico de tirada nacional.

El afectado alegaba que el embargo ya se había solucionado y que, a pesar de ello, la referencia al mismo seguía apareciendo en el buscador.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) acogió la petición de tutela de este ciudadano y requirió a Google Spain S.L. y a su matriz estadounidense, Google Inc., que retiraran los datos del denunciante de su índice de resultados de búsquedas, aunque también consideró que la información sobre la subasta que aparecía en el periódico debía mantenerse por tener una justificación legal.

El problema, dice la Audiencia, son "las obligaciones que tienen los buscadores de internet en la protección de datos personales de aquellos afectados que no desean que determinadas informaciones, publicadas en páginas web de terceros y que contienen sus datos personales y permiten relacionarles con la misma, sean localizadas, indexadas y puestas a disposición de los internautas de forma indefinida".

Así, la primera duda que plantean los magistrados es si la normativa, tanto nacional como europea, en materia de protección de datos se puede aplicar en este caso o si, como sostiene Google Inc., los afectados deberían acudir a los tribunales de California, donde la empresa matriz del grupo tiene su sede.

Se pregunta también la Audiencia Nacional si los buscadores, cuando indexan información, están realizando un tratamiento de datos personales, si son responsables de ese tratamiento y si, por tanto, deben atender a los derechos de cancelación y/o oposición del afectado de forma directa, aunque la información se mantenga en la fuente originaria por considerarse lícita.

Por último, el tribunal español pregunta al de Luxemburgo si la protección de datos incluye que el afectado pueda negarse a que una información referida a su persona se indexe y difunda, aun siendo lícita y exacta en su origen, si considera que es negativa o perjudicial para su persona.

Hasta ahora, en todos los casos resueltos en la UE se ha remitido este tipo de reclamaciones a los tribunales estadounidenses, pero la Audiencia considera que un ciudadano español que tenga que acudir allí a defender sus derecho a la protección de datos quedaría "en una situación de especial vulnerabilidad e impediría o dificultaría enormemente la tutela eficaz de este derecho".

De este modo, si el Tribunal de la UE admite la cuestión prejudicial, se iniciará un procedimiento que finalizará con una sentencia que vinculará a todos los tribunales europeos que tengan que resolver cuestiones relacionadas con el derecho al olvido.

Hasta entonces, la Audiencia Nacional suspende la tramitación del recurso que ha dado origen a la cuestión prejudicial, así como otros 130 casos similares pendientes de resolver en este tribunal

URL:http://www.expansion.com/agencia/efe/2012/03/02/17022177.html

FUENTE:Expansión.com