Eldiario.es ha tenido acceso en exclusiva a dos informes internos de diversos organismos del estado con recomendaciones para la mejora del texto legislativo. Los documentos -que sí han sido enviados a los diputados- no son accesibles desde ninguna de las correspondientes webs institucionales. Aquí se pueden leer en su totalidad.
Son el resumen realizado por el Ministerio de Presidencia de las casi 3.700 aportaciones recibidas en la consulta pública y el informe de la Agencia de Protección de Datos, consultada por el Gobierno antes de aprobar el Proyecto de Ley el pasado 27 de julio y enviarlo a las Cortes. De su análisis se desprende cómo el ejecutivo no hizo caso a las principales sugerencias ciudadanas y avanza la que será la gran batalla una vez la ley entre en vigor: el choque entre acceso a la información y protección de datos.
Estos dos documentos, junto con el dictamen del Consejo de Estado (que sí es público y puede consultarse también más abajo) han ayudado a modificar las tres versiones que ha habido hasta ahora del texto y cuyos cambios se pueden comprobar gracias a la web tuderechoasaber.es aquí y aquí. Ahora, las cartas están sobre la mesa de los grupos parlamentarios, que desde el martes pueden presentar enmiendas antes del debate en la Comisión Constitucional. Tras la aprobación de esta ley, España dejará de ser el único gran país de Europa que no garantice el derecho a que cualquier persona puede acceder a la información y documentos de las instituciones públicas.
La paradoja es que los informes internos (como estos) seguirán siendo inaccesibles para la ciudadanía si la ley se aprueba con la redacción actual.
Informe sobre la consulta pública
Este documento es lo más cercano que tenemos a ver qué decían las 3.683 sugerencias enviadas durante los 15 días que estuvo abierta la consulta pública el pasado marzo. El Gobierno se ha negado a publicarlas, alegando que no había pedido permiso de antemano. Sí aseguró que las modificaciones realizadas gracias a ellas fueron "significativas". Este documento demuestra que no hizo caso a las principales demandas y a su vez destaca la poca precisión en la cuantificación del apoyo a cada sugerencia:
- En la página 2 se anota que “un significativo número de observaciones señalan la necesidad de configurar el derecho de acceso como un derecho fundamental regulado, por tanto, por una norma de rango orgánico”. Con su actual redacción, la ley sigue siendo ordinaria y ante un conflicto, normalmente prevalecerían otros derechos fundamentales (como la protección de datos). La vicepresidenta Soraya Saénz de Santamaría dijo que habría que modificar la Constitución para llevar a cabo este cambio. Sin embargo, esto no sería necesario si se siguiera lo que dice el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que reconoce el derecho de acceso a la información como parte inherente de la libertad de expresión, como apuntan expertos como Access Info Europe y la Coalición Pro Acceso.
- Hubo un interés expreso en que la Casa Real o “todos los receptores de fondos públicos, incluidos ONGs, partidos políticos, sindicatos o patronal” estuvieran incluidos en el alcance de la ley. Ninguno lo está. Con respecto a la Casa Real, la vicepresidenta señaló que la Constitución no la considera una Administración pública y que monarquías como la británica no están sometidas a esta ley en su país. Un simple vistazo a su página web demuestra que de por sí, es mucho más transparente que la española.
- El silencio administrativo sigue siendo negativo, a pesar de las “numerosas observaciones” recibidas pidiendo que se cambie (página 6).
- “Todas las observaciones” sobre la agencia que se encargará de velar por el cumplimiento de la transparencia señalan sus " problemas de independencia”. Ahora mismo sigue dependiendo del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y no es un organismo independiente, como sí lo es la Agencia de Protección de Datos.
Hay que decir que sí se hicieron algunos cambios gracias a las aportaciones ciudadanas, como la inclusión de los colegios profesionales, los contratos menores o la aplicación de la prueba de interés público.
Informe de la Agencia de Protección de Datos
Este documento de 41 páginas se centra principalmente en argumentar la necesidad de añadir matices en el artículo de la ley que habla sobre protección de datos (antes artículo 11, ahora artículo 12) y que luego se trasladaron mayormente al Proyecto de Ley.
Sin embargo, gran parte de su valía reside en plantear la antesala de la batalla constante que habrá entre protección de datos y el acceso a la información (ya sea solicitada o publicada de manera proactiva). Se hace mención a varios casos concretos para poner en relevancia la importancia de vigilar el no mostrar datos especialmente protegidos en la publicación de la información, como pueden ser las identidades de drogodependientes que han recibido ayudas (páginas 35 a 38).
Y en esa enumeración de ejemplos se deja entrever cómo la transparencia en nuestro país podría distar mucho de la de que tienen nuestros vecinos. Este informe hace referencia a otro anterior en el que la Agencia de Protección de Datos aconsejó no publicar en internet los ficheros con las facturas debidas por las entidades locales a los proveedores (y que suman unos 9.300 millones de euros que ya han sido pagados).
Mencionando a un caso europeo sobre la publicación de la identidad de las personas físicas beneficiarias de ayudas a la agricultura, la Agencia considera que la “transparencia no precisa de la publicación exhaustiva en Internet de la lista de contratistas acreedores” ya que la información “puede revestir igual relevancia si las cifras constan de forma agregada”. A pesar de no ver problema con las personas jurídicas, el resultado es que esta información no se publicó en detalle. Por el contrario, en el Reino Unido, las entidades locales están obligadas a publicar proactivamente en sus páginas todo gasto por encima de 500 libras (unos 630 euros) desde enero de 2011.
Informe del Consejo Estado sobre la Ley de Transparencia
A pesar de haber intentado mostrar las principales claves de estos informes, puede haber muchas más cuestiones en ellos. Te animamos a que nos cuentes en los comentarios si ves algo de interés.