La Tesorería General de la Seguridad Social ha paralizado las providencias de apremio emitidas el pasado mes de julio ya que ha detectado errores en la impresión de los documentos que, entre otras consecuencias, han originado «bailes» de cantidades reclamadas a los deudores, es decir, que a una persona se le requiere una deuda que corresponde en realidad a otra. Así figura en varias comunicaciones de los sindicatos UGT y CGT a las que ha tenido acceso este diario. El problema ha afectado a 19 provincias españolas, junto con Zamora, Álava, Ávila, Burgos, A Coruña, Guipúzcoa, Huesca, La Rioja, Lugo, Navarra, Ourense, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Segovia, Soria, Teruel y Valladolid.
La Seguridad Social tiene privatizados ciertos servicios que los sindicatos consideran perfectamente asumibles con los actuales medios humanos y técnicos disponibles. Uno de ellos es el de «emisión, manipulado y depósito en Correos de documentos del fichero general de recaudación», precisamente el responsable de la detección de una «impresión errónea de las providencias de apremio en la emisión de julio de 2012». Este error ha tenido como consecuencia que la Tesorería General de la Seguridad Social haya procedido a paralizar «con fecha 10 de agosto la totalidad de los documentos previsiblemente afectados por errores en la impresión», según informaron las mencionadas fuentes sindicales. Un volumen de errores que todavía no está cuantificado pero que han afectado al menos a las 19 provincias indicadas, entre ellas la de Zamora.
«Según nos informan, una de las consecuencias de estos errores podría haber consistido en que la información relativa a un deudor se había comunicado a otro destinatario distinto no relacionado con ella, lo que pudiera estar originando impugnaciones, anulaciones e incluso denuncias, dada la gravedad del asunto», apunta UGT en un comunicado interno (aunque se puede encontrar en páginas web del sindicato), en tanto que otra formación, la CGT, apunta que el error de enviar providencias de apremio a personas diferentes a las obligadas al pago «podría acarrear incluso sanciones de carácter muy grave por la Agencia Española de Protección de Datos. También por desconocimiento se podrían producir pagos de deudas por personas que no las tienen y a los que posteriormente habría que devolver, con sus correspondientes intereses».
Además del perjuicio para los ciudadanos, los sindicatos destacan la incidencia en los propios empleados públicos. UGT critica «el incremento de carga de trabajo de los funcionarios que tienen que atender a los ciudadanos relacionados con estos errores cometidos por la empresa privada que contrata la Administración». Y CGT destaca «el desprestigio que nos causan actuaciones de las que no somos responsables, todo ello consecuencia de extrañas privatizaciones de servicios públicos perfectamente asumibles por una Administración que cuenta con los medios técnicos, materiales y personales suficientes para realizar estas funciones».
La formalización del contrato de emisión, manipulado y depósito en Correos de documentos del Fichero General de Recaudación, generados por la Tesorería General de la Seguridad Social a una empresa se hizo pública el pasado mes de abril por un importe algo superior a los 126.000 euros.
Según los datos que figuran en la última memoria anual publicada por la Tesorería de la Seguridad Social, correspondientes a 2010, la entidad habría logrado recaudar por vía de apremio casi 5,6 millones de euros en la provincia de Zamora.
Para asegurarse el cobro, la Seguridad Social «peina» de forma permanente todas las cuentas bancarias que tienen los deudores, por lo que a un solo contribuyente le puede llegar a realizar múltiples embargos. Posteriormente se les confiscan inmuebles, vehículos, salarios y bienes muebles de todo tipo, incluidos por ejemplo, enseres o animales. Es así como logra cobrar el importe de la deuda, aunque se respetan por ejemplo, las pensiones o el salario mínimo, que es inembargable. En cuanto al sueldo total, la Seguridad Social sí puede embargar un porcentaje, dependiendo de la cuantía del mismo, aunque siempre se deja cierta cantidad de dinero para que el deudor tenga un mínimo vital.
La mayor parte de los deudores a la Seguridad Social son empresarios y autónomos, pero también hay personas que no pertenecen a ninguno de estos colectivos. Por ejemplo si alguien hace trampas con la finalidad de cobrar una pensión más alta de lo que le corresponde puede acabar embargado hasta que la Administración cobre todo el dinero que pagó de más indebidamente.
La legislación vigente obliga a las personas o entidades depositarias de dinero en efectivo o en cuenta, valores u otros bienes de deudores a la Seguridad Social en situación de apremio, a informar a la Tesorería y a cumplir los requerimientos que les sean hechos por la misma en el ejercicio de sus funciones legales. Estas obligaciones deben cumplirse con carácter general o bien «a requerimiento individualizado de los órganos competentes de la Administración de la Seguridad Social, en la forma y plazos que reglamentariamente se determinen». El secreto bancario no puede argumentarse para incumplir estas obligaciones.
De hecho, «los requerimientos relativos a los movimientos de cuentas corrientes, depósitos de ahorro y a plazo, cuentas de préstamos y créditos y demás operaciones activas o pasivas de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito y cuantas personas físicas o jurídicas se dediquen al tráfico bancario o crediticio, se efectuarán previa autorización del Director general de la Tesorería General de la Seguridad Social o, en su caso, y en las condiciones que reglamentariamente se establezcan, del Director provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social competente, y deberán precisar las operaciones objeto de investigación, los sujetos pasivos afectados y el alcance de la misma en cuanto al periodo de tiempo a que se refieren».
Los funcionarios públicos, incluidos los profesionales oficiales, están obligados a colaborar con la Administración de la Seguridad Social para suministrar toda clase de información, objeto o no de tratamiento automatizado, siempre que sea útil para la recaudación de recursos de Seguridad Social y demás conceptos de recaudación conjunta, de que aquellos dispongan.
Los instrumentos que tiene a su alcance, pues la Seguridad Social para cobrar las deudas de quienes le deben dinero son pues, muy poderosos, de tal forma que el deudor tiene pocas posibilidades de «escaparse» si recibe algún tipo de ingreso a su nombre en cualquier entidad bancaria. Los tablones de edictos de la Seguridad Social reflejan prácticamente a diario reclamaciones de cantidades por deudas a esta Administración, aunque en ese caso aparecen solamente los que no han podido ser localizados por los medios ordinarios, normalmente porque rehusan recoger las cartas que les llegan instándoles al pago del dinero. Existe la posibilidad, asimismo, de negociar plazos para ir abonando la deuda, en algunos casos.
En última instancia, y si el deudor prosigue sin abonar las cantidades que le reclama la Seguridad Social, se puede llegar a la subasta de los bienes embargados.
Privatización
La Seguridad Social publicó el pasado mes de abril la formalización del contrato de «emisión, manipulado y depósito en Correos del Fichero General de Recaudación generados por la Tesorería», por un importe de 126.000 euros.
Error
El error detectado consiste en una deficiente impresión de los ficheros, que ha podido acarrear que las deudas de una persona hayan llegado a nombre de otra que no tiene nada que ver con ellas. Estos «cruces» de datos indeseados, se han producido en al menos 19 provincias, entre ellas Zamora y varias de la región.
Críticas
Los sindicatos UGT y CGT han criticado la privatización de servicios y alertado sobre las negativas consecuencias que los errores tendrán para los afectados y los propios funcionarios de la Tesorería General de la Seguridad Social.
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