Google rechaza las solicitudes de la Agencia Española de Protección de Datos
La AEPD acusa a Google de "tergiversar" la información

Google ha rechazado todas las peticiones de retirada de contenidos que le presentó la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) entre julio y diciembre de 2011, según el último informe de transferencia relativo a solicitudes gubernamentales publicado hoy por la compañía. En ese tiempo, la compañía estadounidense recibió 18 solicitudes de tribunales españoles relativas a 24 elementos de la web (de las que retiró el 78%) y 25 peticiones institucionales "informales",referentes a 283 elementos, de las que solo aceptó el 8%.

La compañía tecnológica ha informado de que la AEPD envió 14 solicitudes para retirar 270 resultados de búsqueda que enlazaban a blogs y sitios que hacían referencia a particulares y personajes públicos, así como eliminar tres blogs de Blogger y tres vídeos de YouTube. Google ha desestimado todas esas peticiones.

Entre esas solicitudes, ha indicado Google, había información de blogs y artículos de periódicos relativos a individuos y figuras públicas, incluyendo alcaldes y fiscales. En el primer semestre de 2011, Google aceptó la totalidad de peticiones de los tribunales españoles -que fueron menos de diez- y el 9% de las solicitudes informales -que ascendieron a 35-.

En una nota publicada en su blog oficial, la compañía de Mountain View (California) ha explicado que ha estimado el 65% de las 467 peticiones de retirada de contenidos de tribunales de todo el mundo, frente al 47% de las 561 solicitudes más informales procedentes de instituciones públicas.

Google considera "preocupante" que los organismos gubernamentales sigan solicitando eliminar contenidos políticos de sus servicios. "Esta es la quinta vez que publicamos este informe. Y como en las anteriores ocasiones, nos han pedido que quitemos discursos políticos. Es alarmante no solo porque peligra la libertad de expresión, sino porque algunas de estas peticiones proceden de países de los que no lo esperarías, democracias occidentales no asociadas con censura", ha asegurado la compañía en su blog oficial.

El país que más solicitudes ha enviado fue Brasil -128 procedentes de tribunales y 66 de otras instituciones públicas- debido, según Google, a la popularidad de Orkut. Le sigue en la lista Estados Unidos, con 117 peticiones de tribunales y 70 de otras instituciones.

Protección de Datos acusa a Google de "tergiversar" la información

La AEPD, por su parte, ha explicado que sus peticiones de retirada de contenidos a Google no persiguen eliminar la fuente de una información que resulta lesiva para un ciudadano, sino la difusión "universal" de la misma en el buscador.

En respuesta a ese informe de transparencia, la Agencia Española de Protección de Datos ha negado que sus actuaciones sean un intento de "censura". La AEPD ha recordado que actúa cuando un ciudadano solicita su derecho de oposición y de cancelación de la indexación por parte de Google de informaciones que le generan un perjuicio "muy grave", habitualmente procedentes de hemerotecas digitales o boletines oficiales: "Cuando existe una prevalencia de la libertad de expresión, cuando la información está vigente, nosotros nunca pedimos la eliminación en el medio de comunicación, por eso no estamos de acuerdo con que se hable de censura", han explicado AEPD.

La Agencia ha sostenido que sus peticiones a Google pretenden limitar la indexación y la difusión universal y masiva de informaciones que generan una lesión a un ciudadano.
Además, considera una "tergiversación" el que la compañía tecnológica estadounidense mezcle sus resoluciones con las peticiones gubernamentales de retirada de datos porque la AEPD es una "organización independiente". Desde la Agencia han recordado que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a instancias de la Audiencia Nacional, debe pronunciarse acerca de las pretensiones de Google de remitir la tutela sobre los datos de los ciudadanos europeos a la justicia estadounidense.

Para la AEPD, el............................

LEER ARTICULO:http://www.lavanguardia.com/internet/20120618/54313968642/google-rechaza-las-solicitudes-de-la-agencia-espanola-de-proteccion-de-datos.html

FUENTE:La Vanguardia

Google se niega a retirar los enlaces que le pide Protección de Datos
De julio a diciembre de 2011 la Agencia española exigió eliminar 270 vínculos


Catorce peticiones en seis meses, todas rechazadas. La Agencia de Protección de Datos a exigido en estas 14 solicitudes que Google retire hasta 270 resultados de búsqueda que vinculan a blogs y medios de comunicación sobre individuos particulares y personajes públicos, entre ellos alcaldes y fiscales. También ha pedido la eliminación de tres blogs publicados en Blogger y tres vídeos en YouTube. Ninguna de las peticiones va acompañada de orden judicial y el buscador se ha negado a cumplir con las exigencias: “Consideramos que nos obliga a censurar”, asegura Dorothy Chou, analista de políticas públicas de Google.



En total, la compañía ha recibido 43 solicitudes de organismos públicos en territorio español. Los seis meses anteriores fueron 39. Esta es la principal novedad sobre España en el Informe de Transparencia (Transparency Report, en inglés), que el gigante de las búsquedas actualiza cada semestre y ha sido publicado hoy.

En este portal se pueden fiscalizar las ocasiones en que los Gobiernos y juzgados “de aquellos países del mundo que nos contactan” exigen al buscador la eliminación de contenido desde 2010. De las 440 recibidas entre julio y diciembre del año pasado “solo cuatro venían acompañadas por una orden judicial”, destaca Chou.

En los últimos 10 años los Estados que censuran Internet han pasado de 4 a 42, según datos de la Iniciativa OpenNet.
El aval de la Justicia no implica el acatamiento por parte de Google, que analiza caso por caso. El 68% de las solicitudes llegadas a través de los tribunales han sido aceptadas —es decir han retirado el acceso a la información desde servicios de su propiedad como YouTube, Blogger...—, frente al 48% de las “peticiones informales”. En esta quinta actualización del informe de Transparencia, Google ha recibido más de estas últimas, que no siguen los “procedimientos adecuados”, que de las que provienen de la Justicia.

A la directiva de Google le preocupa que “no solo los sospechosos habituales sino Gobiernos democráticos” quieran retirar información que les resulta incómoda, “porque afecta a la libertad de expresión y a la libertad de producción de contenido. ¿Hasta qué punto tratan de coaccionar a los internautas?”, plantea Chou. De hecho, asegura, los Gobiernos autoritarios como China no les piden nada “porque directamente bloquean el acceso a la información”. Y recuerda que en los últimos 10 años los Estados que censuran Internet han pasado de 4 a 42, según datos de la Iniciativa OpenNet.

Conviene puntualizar que el gigante de las búsquedas y el organismo de protección de datos español mantienen una disputa judicial sobre la indexación de datos en Internet. Mientras Google no retira la información publicada por terceros, “porque no es nuestra sino de las webs en origen”, la Agencia considera que debería acatar el llamado derecho al olvido, que reconoce la capacidad de una persona para suprimir y bloquear informaciones que afecten a su privacidad o a su dignidad. El caso, juzgado en la Audiencia Nacional, ha sido llevado al Tribunal de Justicia de Luxemburgo, que todavía no ha dictado una sentencia que será de obligado cumplimiento para todos los países de la Unión Europea (UE).

España no es el único país que aparece en el Informe de Transparencia. Brasil, Canadá, Pakistán, Polonia, Tailandia, Turquía, Gran Bretaña y Estados Unidos le acompañan. Mientras Google retiró a petición de la junta electoral brasileña cuatro perfiles sobre la campaña de la red social Orkut, se negó a eliminar un vídeo de YouTube donde aparece un ciudadano canadiense orinando sobre el pasaporte, que termina desapareciendo por el retrete.

LEER ARTICULO:http://tecnologia.elpais.com/tecnologia/2012/06/18/actualidad/1339999915_714909.html

FUENTE:El País.com (España)

Varios bufetes de abogados pierden datos almacenados en Megaupload

Despachos norteamericanos y españoles se quedan sin la valiosa información -condenas oenales o historiales- almacenaban en Megaupload tras la intervención el pasado mes de enero del FBI, que se niega a devolverlos.

último que se ha podido saber al respecto es que el Departamento de Justicia de Estados Unidos ha comunicado a los usuarios de este servidor que para recuperar su información tendrán que pagar por los costes que ha supuesto la búsqueda y mantenimiento de la información.

Megaupload era un lugar de almacenamiento de información en la nube que no siempre se utilizaba para descargar contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual. De hecho, muchas empresas, entre ellas los despachos, y particulares empleaban este servidor para volcar su información y acceder a ella desde cualquier lugar.

Sin embargo, la intervención de Megaupload por parte de las autoridades americanas ha sido la llamada de alarma para la abogacía europea que ha decidido promover medidas de seguridad para proteger la información que los despachos almacenan en la nube.

“Se puede utilizar la nube sin ningún tipo de límite, pero el abogado tiene que negociar con el proveedor una serie de requisitos para garantizar que el servicio de almacenamiento permite la protección de los datos que los abogados manejan”, explica Pedro Luis Huguet, vicepresidente del Consejo General de la Abogacía Española y responsable de los servicios de innovación tecnológica de esta institución.

Este experto señaló ayer, durante el XVII Congreso de la Abogacía Joven, que uno de los requisitos que hay que demandar a la nube es que se rija por legislación europea, para que no haya que, si surge algún problema, los afectados no tengan que acudir a tribunales fuera de la jurisdicción de la UE, y para que se aplique el modelo de normativa de protección de datos vigente en el viejo continente. Por ello, un aspecto vital a la hora de elegir servidor ha de ser su localización.

En este sentido, la abogacía española ha preparado un informe junto con la Agencia Española de Protección de Datos sobre el uso de buenas prácticas y recomendaciones en lo que atañe a las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación en los bufetes, que se presentará el lunes 18 de junio. “Tarde o temprano tendremos que incluir esta cuestión en los códigos deontológicos, ahora se regula por el sentido común”, destacó Huguet.

Huguet explicó ayer que el Derecho de las nuevas tecnologías “es una excelente especialidad” y adelantó que todos los despachos van a terminar necesitando contar con un experto en estos asuntos. “Somos profesionales que gestionamos conflictos sociales y esos conflictos ahora están relacionados con las tecnologías de la información y de la comunicación”, apuntó.

LEER ARTICULO:http://www.expansion.com/2012/06/15/juridico/1339778323.html?a=82b96a6dee1c6cc1350ff290257c18ae&t=1340004769

FUENTE:Expansión.com

Congreso Estatal de Abogados Jóvenes

El cierre de Megaupload 'atrapó' a despachos de abogados españoles
El cierre de la web estadounidense de almacenamiento de datos Megaupload hace unos meses 'atrapó' a despachos de abogados españoles que tenían información alojada en este servidor, según ha explicado esta mañana Pedro Luis Huguet, vicepresidente del Consejo General de la Abogacía (CGAE).


Huguet ha hecho en el transcurso del congreso que la Confederación Española de Abogados Jóvenes celebra estos días en Granada. Según ha indicado, la intervención de la página por parte del FBI puso en alerta a toda la abogacía europea sobre la seguridad de la información que los abogados colocan en servidores en la 'nube'.

Según Huguet, hay algún despacho español que utilizaba esta web, pero sobre todo los afectados son firmas de Estados Unidos, si bien no quiso aportar más detalles. A raíz de ello, el CGAE y la Agencia Española de Protección de Datos han elaborado un código de buenas prácticas con recomendaciones a los profesionales que utilicen el cloud computing para el almacenamiento de archivos. Este sistema de almacenamiento es creciente en España y hay proveedores contrastados de este servicio específicamente para el mundo jurídico. Este código será presentado el lunes en Madrid, pero Huguet avanzó que una de las cuestiones más importantes "es saber donde está localizado el servidor". "No se pueden deslocalizar mis datos", explicó. Además, es fundamental que el servidor cumpla con la normativa europea y la legislación española de protección de datos.

Las precauciones han de extremarse cuando se trata de la información tipificada como de tercer nivel, es decir, condenas penales o datos médicos o relativos al nivel de invalidez. Los expertos consideran que Megaupload no es el servidor adecuado para almacenar este tipo de archivos. "Una cosa es donde tú cuelgas las fotos de tu familia y otra donde almacenas sentencias condenatorias", añade Huguet.

La proliferación de las redes sociales hace que hayan entrado de lleno en el sistema judicial. Los tribunales ven frecuencia casos de injurias entre dos personas a través de una web de este tipo o despidos de empleados de una empresa por los comentarios vertidos en Twitter o Facebook sobre algún asunto. La Abogacía considera que en todos los despachos terminará habiendo un abogado especializado en nuevas tecnologías de la información y la comunicación, lo que supone una "excelente oportunidad" para los profesionales que empiezan.

La mediación y el arbitraje como fórmulas alternativas a la judicial para la resolución de conflictos ocupan buena parte del programa del congreso de los abogados jóvenes. Vanessa Durán, abogada y árbitro del Tribunal Vasco de Arbitraje Deportivo, ha abogado por ampliar el elenco de materias en conflicto en el ámbito del deporte susceptible de ser resueltos por arbitraje. Según esta experta, es comprensible que las prácticas de dopaje no se puedan dilucidar a través de un arbitraje aunque hay otros conflictos que sí podrían acudir a esta fórmula de resolución de conflictos.

En la inauguración del congreso, el presidente del CGAE, Carlos Carnicer, destacó que en España ejercen unos 135.000 abogados y animó a los jóvenes profesionales a desempeñar "dignamente" la defensa de los clientes

FUENTE:Cinco Días

SCTF | LA COMPAÑÍA DEBERÁ PAGAR 30.000 EUROS
Sanción a Telefónica por dar de alta a un cliente sin permiso


Este cliente vio como a su cuenta bancaria llegaron recibos durante varios meses por valor de 70 euros.

La compañía Teléfonica Móviles deberá abonar 30.000 euros por haber dado de alta a un cliente de Santa Cruz de Tenerife sin contar con su permiso. El vecino acudió a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para denunciar por estos hechos a la empresa, que a su vez no pudo aportar ningún tipo de documento que certificara que efectivamente el cliente había ofrecido su consentimiento para dar de alta esta nueva línea. Únicamente Teléfonica puso sobre la mesa un contrato con una firma que no correspondía a la del denunciante. Por todo ello, la Agencia para la Protección de Datos consideró que la compañía había incurrido en una falta considerada grave, cuya sanción oscila entre los 40.001 y los 300.000 euros.

Telefónica Móviles llevó a cabo esta contratación de la línea a través de otra empresa que tiene su sede en la calle Villalba Hervás de Santa Cruz de Tenerife pero utilizando la información que estaba depositada en su base de datos . Aunque el cliente poseía otra línea, la firma de ambos contratos no coincidían, con lo cual una de ellas estaba falsificada. Incluso Telefónica admite que este último extremo debe dilucidarse en la vía penal. En total este cliente vio como a su cuenta bancaria llegaron recibos durante varios meses por un valor total de 70 euros. Para la Agencia no quedan dudas de que todas las circunstancias mencionadas son “indicios que evidencian un tratamiento de datos sin el consentimiento del denunciante”.

Este organismo considera probado que el cliente nunca formalizó contrato alguno con la empresa para dar de alta esta línea, ni consintió en el tratamiento de los datos personalles. “Telefónica Móviles de España no ha presentado ninguna prueba que pueda evidenciar que contaba con el consentimiento del denunciante o relación contractual que le exima del mismo, ya que el contrato que se ha aportado tiene unas firmas que el denunciante no reconoce como propias”. Igual de grave resulta el hecho de que los datos de este cliente fuesen remitidos a un listado de morosos por negarse a pagar las facturas a pesar de la denuncia que había interpuesto previamente.

Aunque la sanción impuesta por la Agencia se encuentra dentro del arco de las consideradas leves, al estar por debajo de los 40.000 euros,  es calificada de grave. El hecho de que se aminore la cifra a pagar es debido a que, tras la reclamación del cliente, se anularon las facturas en un breve plazo de tiempo y la ausencia de beneficios obtenidos y de perjuicios causados. Sin embargo, también se tuvo en cuenta el volumen de negocio de la compaía cifrado en algo más de 2.500 millones de euros y un resultado económico de casi 2.000 millones en el año 2010.

LEER ARTICULO:http://www.canariasahora.com/noticia/222582/

FUENTE:CanariasAhora