La Audiencia Nacional acaba de confirmar la multa de 60.101,21 euros interpuesta por la Agencia Española de Protección de Datos contra el médico gijonés acusado de dejar abandonados en la calle 41 botes de biopsias en los que se podía leer el nombre y apellidos de paciente e incluso, en algunos de ellos, el diagnóstico de su enfermedad. Los magistrados encargados del recurso asumen que el facultativo colaboró con la Policía -ya que se desplazó a la Comisaría en cuanto tuvo conocimiento de lo sucedido a través de las páginas de LA NUEVA ESPAÑA-, pero no obstante califican de «muy grave» la vulneración de las medidas de seguridad en la que cayó el facultativo dejando abandonados datos que son clasificados por los juristas como «muy personales». 

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional avala, por tanto, la sanción acordada en su día por Protección de Datos. El facultativo aseguró en el momento de los hechos que todo había sido un error y aludió a una «equivocación de la señora de la limpieza» para justificar un fallo que, en palabras del propio perjudicado, «no supuso perjuicio para los pacientes». 

La investigación en torno a este suceso se inició el 8 de agosto de 2008. Fue entonces cuando varios agentes del Cuerpo Nacional de Policía localizan en la calle Libertad restos biológicos que parecían estar abandonados. La investigación esclarecería posteriormente que las pruebas pertenecían a un patólogo gijonés cuya identidad responde a las iniciales M. A. T. y cuya consulta se encontraba próxima al lugar. El caso se trasladó entonces al Juzgado de instrucción número 4. A pesar de que la magistrada Ana López Pandiella decidió sobreseer el procedimiento, la Agencia Española de Protección de Datos actuó tras recibir una denuncia de la asociación El Defensor del Paciente, que dirige Carmen Flores. 

La Policía Local de Paterna ha logrado identificar a dos presuntos delincuentes con antecedentes en asaltos a chalés y viviendas gracias a la instalación de unas cámaras inteligentes que leen las matrículas de los vehículos. Una nueva tecnología pionera en la Comunitat Valenciana que ya ha dado sus primeros frutos en materia de seguridad. Hace unos días, tras una detención de la Policía Nacional, se consultó el registro de las cámaras y se supo que el coche sustraído utilizado por los ladrones entró varias veces y a distintas horas en la urbanización de la Canyada. 
El concejal de Seguridad Ciudadana, Vicente Arenes (PP), explicó ayer el nuevo sistema de control de tráfico y de vehículos en doce accesos a las zonas urbanas, cuya ampliación se estudia para las zonas empresariales e industriales. 
Aunque su función inicial es la de ofrecer un análisis continuo de la densidad del tráfico en las diferentes vías de acceso, las "múltiples posibilidades del sistema lo configuran como un elemento muy importante para reforzar la seguridad", dijo Arenes. Se trata de un sistema inteligente, capaz de "leer" cada una de las matrículas de los vehículos que circulan bajo las cámaras y revisar las bases de datos policiales para que salte una alarma en el caso de que el coche o la motocicleta se encuentre en situación de búsqueda. 
Las cámaras instaladas en puntos estratégicos de acceso a Paterna son de alta definición, por lo que realizan la lectura de los datos en cualquier circunstancia, también por la noche. Cuando se detecta un vehículo denunciado ofrece inmediatamente datos básicos como marca, modelo y color para que Policía Local pueda actuar al instante. 

La portavoz del grupo municipal socialista, Paloma Sainz, ha valorado este viernes un informe de la Agencia de Protección de Datos, que "avala la tesis del Grupo Municipal Socialista e informa al Equipo de Gobierno que debe proporcionar el acceso a la oposición del modelo 347 de las operaciones con terceros".

Según recordó la también candidata a la Alcaldía, el Partido Popular de Oviedo había denegado la documentación aludiendo a la necesidad de proteger los datos obrantes en poder del Ayuntamiento de Oviedo.

Así, a pesar de la negativa inicial del Equipo de Gobierno Municipal, el Grupo Municipal Socialista tendrá acceso a los datos que reflejan todos los pagos superiores a 3.000 euros efectuados por el Ayuntamiento de Oviedo a terceros.

Siempre según el PSOE, la Agencia de Protección de Datos, en informe remitido al Ayuntamiento de Oviedo el pasado 21 de febrero, manifiesta que "la solicitud de acceso al modelo 347 debe ser facilitada a los concejales de la Corporación, según dispone el artículo 77 de la Ley reguladora de Bases de Régimen Local".

La Audiencia Nacional de España ha dictado una providencia en la que pregunta a Google y laAgencia Española de Protección de Datos (AEPD)si desean consultar la opinión del Tribunal de Justicia Europeo, con sede en Luxemburgo, sobre el caso que les enfrenta por el llamado “Derecho al Olvido”, que intenta determinar quién debe eliminar en Internet los enlaces a contenidos con datos personales.

Se trata de casos de ciudadanos cuyos nombres aparecieron en boletines oficiales del gobierno o en la prensa por haber sido sujetas a alguna sanción. Aunque son problemas que datan de muchos años atrás, y ya estas personas superaron los hechos, cumplieron su responsabilidad o pagaron sus condenas (según sea el caso) sus nombres permanecen en la red y es fácil llegar a ellos con sólo realizar una búsqueda en Google. Es decir, que la gente queda con su reputación “manchada” en Internet.

España exige a Google que cambie su algoritmo de búsquedas para que entre los resultados no salgan estos “expedientes oscuros”. Se basa en la Ley de Protección de Datos para realizar tal petición. Pero al existir dudas sobre la interpretación del derecho comunitario, la justicia española deja abierta la opción de consultar al Tribunal Europeo sobre quién debe retirar estos enlaces que “afectan la reputación” de ciertos ciudadanos.

Además, la Audiencia Nacional de España considera que el fondo de la resolución que se adopte afectará a otros países europeos, y recuerda que la ley obliga a escuchar a las partes, que tienen 15 días para informar, antes de plantear una cuestión prejudicial. El trámite es un procedimiento previo a la resolución que adopten los magistrados sobre el fondo del asunto, del que pueden hacer uso los tribunales de todos los países de la Unión Europea cuando tienen alguna duda sobre la interpretación de las normas comunitarias, destaca el Diario El Mundo.

 

FUENTE: www.fayerwayer.com

La sección primera de lo contencioso de la Audiencia Nacional ha dado a Google y a la Agencia Española de Protección de Datos un plazo de 15 días para que presenten alegaciones sobre la conveniencia de elevar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TJUE) sobre la aplicación del llamado 'derecho al olvido'.

El tribunal entiende que puede haber dudas interpretativas de derecho comunitario y considera que el fondo de la resolución afectará a los países europeos, ya que toda la legislación relativa a protección de datos proviene de la trasposición de directivas comunitarias, según informaron fuentes jurídicas.

La Audiencia ha dictado una providencia dando traslado a las partes tras la vista que se celebró el pasado 19 de enero en la que se estudiaron cinco denuncias presentadas por la Agencia de Protección de Datos en las que solicitaban al buscador la aplicación del 'derecho al olvido' en contenidos recogidos en varias páginas webs, incluídos artículos de prensa o referencias a informaciones de boletines oficiales.

Parte de estos contenidos pueden estar relacionados con la seguridad de las personas, tales como casos de maltrato en los que se pueda localizar a alguien a través de Internet.