La entidad actualizó el valor establecido por el decreto 4950 de 2007, con el fin de mantener una tarifa mínima y promover así la sana competencia entre las empresas y cooperativas del sector.

Teniendo encuenta el Salario Mínimo Legal Vigente (Smlv), que para 2001 quedó en $535.600, la nueva tarifa para las empresas que prestan el servicio para el sector comercial e industrial será de 8,8 Smlv y para el sector residencial de 8,6 Smlv. 

El decreto señala, además, que en ambos casos se cobrará un porcentaje adicional correspondiente a los costos de administració y supervisión, de acuerdo con el tipo de vigilancia que se preste y los medios que utilicen para ello. El porcentaje será la base gravable para el IVA. 

En este sentido, las empresas que prestan servicio sin armas tendrán que pagar el 8%, con armas el 10% y con medio canino es de 11%. Los que contraten vigilancia con cooperativas obtendrán reducción de 10% en el valor de la tarifa. 

La actualización se determinó mediante la Circular Externa No. 001 del 13 de enero de 2011, en la que además se precisan temas de especial interés para las empresas y cooperativas de sector de vigilancia y seguridad privada. 

La Supervigilancia también recordó que todos los servicios de vigilancia y seguridad privada deben contar con licencias vigentes de funcionamiento debidamente expedidas por esa entidad de control, y que por ningún motivo se pueden contratar a través de servicios de conserjería, portería o cuidadores, ya que no es legalmente permitido.

 

FUENTE: www.larepublica.com.co