La SuperVigilancia implementó un protocolo operativo para las empresas de vigilancia y seguridad privada que prestan sus servicios en entidades financieras, a fin de ejercer un control más detallado sobre las mismas y establecer condiciones mínimas para asegurar que este tipo de servicios cumplan con un adecuado nivel técnico y profesional.

El protocolo también busca que los servicios de vigilancia y seguridad privada de las entidades bancarias, adopten medidas de prevención y control, para evitar ser utilizados como instrumento para la realización de actos ilegales.

La SuperVigilancia estableció que este tipo de empresas tendrán hasta el 22 de agosto para implementar totalmente el protocolo, cosa que incluye la difusión y socialización con su personal operativo y con los usuarios del sector financiero.

LAS MEDIDAS FUNCIONES DEL VIGILANTE

Entre las funciones que contiene este protocolo se encuentran la verificación de los alrededores y de la entrada de la entidad financiera. Igualmente, el operador de medios tecnológicos tendrá que constatar el correcto funcionamiento de las cámaras del circuito cerrado de televisión y ejercer vigilancia frente a las ventanillas de atención y recepción de dineros, cajeros electrónicos y áreas contiguas a la caja fuerte.

También tendrá que verificar que no se usen teléfonos celulares al interior de las instalaciones, e informar toda actividad que represente peligro o amenaza a los policías del cuadrante y a la Red de Apoyo y Solidaridad Ciudadana.

CONTROL DE ACCESO

El vigilante hará el control de ingreso de los empleados y, por ningún motivo, podrá permitir ingreso de personas armadas. Cuando se vaya a realizar la apertura de la caja principal se deberá cerrar temporalmente la entidad e impedir el ingreso de cualquier persona durante el conteo y distribución de dinero.

PROCESO DE CIERRE

Al término de las operaciones financieras, el vigilante deberá constatar que no se encuentre ningún cliente en la entidad y hacer el cierre electrónico –apoyado por una central de monitoreo- y al finalizar el procedimiento, reportarlo ante el supervisor del servicio.

MONITOREO DE ALARMAS Y CIRCUITO DE TV

Los operadores de ambos servicios deberán estar alerta a cualquier comportamiento sospechoso y procesar las señales que se presenten. En caso de acto delictivo se deberá informar inmediatamente a la Policía La SuperFinanciera obliga a las entidades del sector a contar con cámaras de video que cubran, por lo menos, el acceso principal y las áreas de atención. Por ello, el protocolo establece que se deberán registrar las tomas realizadas durante las 24 horas, así como custodiar y conservar las imágenes por un año, para efectos de investigaciones o requerimientos de autoridades.

SELECCIÓN DEL PERSONAL

El proceso de selección de personal deberá incluir pruebas de confiabilidad y lealtad para descartar temas como participación en actividades ilícitas y vinculación con grupos al margen de la Ley.

ACREDITACIÓN COMO VIGILANTE Y OPERADOR

Los vigilantes y operadores de medios tecnológicos deberán contar con la credencial expedida por la SuperVigilancia que los acredite como tal y portarla permanentemente.

MODALIDADES DELICTIVAS MÁS COMUNES EN EL SECTOR

Hurto en cajeros electrónicos y a transportadoras de valores - ‘Cambiazo’ de tarjeta - ‘Taquillazo’ (suministro de información sobre movimientos de dinero del banco) - Fleteo (seguimiento a personas que han retirado dinero de los bancos).

 

FUENTE: www.vanguardia.com