Ninguna persona que trabaje ofreciendo seguridad privada  podrá utilizar la palabra "policía" para identificarse,  si  aprueba un  proyecto legislativo que así lo dispone. El Proyecto del Senado 2231, radicado el mes pasado y de la autoría del senador popular Juan Eugenio Hernández Mayoral, busca enmendar el artículo 33 de la Ley 108 conocida, como Ley de Detectives Privados en Puerto Rico, a los fines de prohibir que  las agencias de seguridad privada  utilicen la palabra o término “policía” para identificarse. El legislador destaca en la medida que las agencias de seguridad privada son un recurso alterno con el que tanto el Gobierno como la ciudadanía  cuentan  para reforzar su seguridad, pero que la Policía de Puerto Rico tiene la responsabilidad de velar por la ley y el orden de forma más abarcadora e integral, por lo que tiene poderes y facultades que no pueden ser ejercidas por otros. "Las instituciones privadas, cuando logran trabajar en armonía con las entidades gubernamentales, logran objetivos que individualmente no serían posibles.  Así, por ejemplo, en lugares donde se reúne una gran cantidad de personas para cualquier evento privado, en comercios, en facilidades del Gobierno o áreas urbanas, la agencia de seguridad privada ejerce una función de seguridad alterna a la gubernamental", dicta la medida. No obstante, "sería altamente perjudicial a la percepción ciudadana que otros se adjudiquen autoridades dando a entender que tienen facultades mayores a las que les  corresponden, lo cual podría tener consecuencias por violaciones a los derechos de los ciudadanos", agrega la legislación. El  senador Hérnadez Mayoral sostiene que, dado a que el Gobierno ha tenido  que utilizar diversos recursos para combatir el crimen, tales como miembros de la Policía no uniformados, la Guardia Nacional y la creación de guardias municipales, el ciudadano está más propenso a confundir la autoridad de la policía estatal y municipal con una persona que se presente uniformada, más aún si se identifican de forma incorrecta. Además, dijo que   el aumento significativo en el número de agencias de seguridad privada y la falta de prohibiciones y funciones específicas a estas instituciones ha permitido que se  autodenominen policías en algunos casos.

"Basta sólo con observar las compañías de seguridad privadas desempeñarse en nuestra comunidad para percatarse de la utilización del término policía para su identificación en  el  logotipo o nombre corporativo, materiales impresos, uniformes y hasta en su publicidad. Es por todo lo anterior que se enmienda la Ley de Detectives Privados de Puerto Rico a los fines prohibir que un empleado o compañía de seguridad privada se identifique como policía o  utilice a terceras personas para que lo identifiquen como tal", señala la pieza legislativa. El Artículo 33 que busca enmendar este proyecto  trata sobre los uniformes e identificación de agencias de seguridad privadas. Si se aprueba la medida, el estatuto leería que queda prohibido que un empleado o agencia de seguridad privada, dedicada al negocio  de la seguridad, se identifique a sí mismo o a la institución que representa como “policía”, a valerse de terceras personas para que lo identifiquen como “policía”. El término o palabra “policía” sólo podrá ser utilizada por la Policía de Puerto Rico o la Policía Municipal. El  término  “policía”  no podrá ser utilizado en español ni en inglés  por ninguna agencia de seguridad privada.

FUENTE: www.elnuevodia.com