El registro de servicios de seguridad privada será tratado en la comisión

La iniciativa del Ejecutivo busca obtener el aval para continuar su análisis en el ámbito deliberativo. El objetivo del proyecto es regularizar la actividad de aquellas empresas que se dediquen a la vigilancia, el monitoreo y el control, admisión y la permanencia.
El proyecto de ordenanza tendiente a regularizar la actividad de aquellas empresas dedicadas a la seguridad privada será también abordado hoy en la comisión que preside temporariamente, aunque también hace bastante, el concejal del Frente Renovador, Cristian Azcona. El oficialismo espera su aprobación.

La iniciativa, que fue elevada a fines de junio por el Ejecutivo, busca crear tres registros: uno para las compañías que presten servicios de vigilancia o seguridad, con o sin portación y tenencia de armas de fuego; otro para quienes se dediquen al monitoreo de alarmas y toda actividad vinculada a la seguridad electrónica y el restante, para la inscripción de empresas abocadas a los servicios de control, admisión y permanencia.
La intención del Gobierno local es controlar que todas las compañías se encuentren registradas legalmente ante el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, como también que demuestren ser contribuyentes del Municipio. Además, se informó, la registración de esta actividad tendrá como objeto que “las prestadoras de servicios de seguridad privadas asistan y cooperen junto a las autoridades policiales u organismos de persecución penal en relación con las personas o bienes cuya vigilancia, custodia o protección se encuentre a su cargo, a fin de brindar
De acuerdo a lo manifestado por autoridades municipales, el proyecto fue consensuado con la Cámara Argentina de Empresas de Seguridad e Investigaciones; la Cámara Regional de Empresas de Seguridad del Sudeste de la Provincia de Buenos Aires y el sindicato Unión Personal de Seguridad de la República Argentina.
La norma indica que habrá sanciones para quienes incumplan la legislación, pero le otorga esta facultad al Ejecutivo en la reglamentación. No obstante, establece que el régimen sancionatorio puede alcanzar hasta la pérdida de las habilitaciones correspondientes.

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