Novedosa. La nueva legislación divide el servicio en cuatro tipos y manda a crear un registro nacional de seguridad privada
La recién aprobada ley de seguridad privada que tiene como propósito ordenar y reducir la informalidad en ese sector, y obligar a las empresas a cumplir con los derechos básicos de sus trabajadores, representará una novedad en el país.
En Nicaragua no existía una ley específica que regulara el funcionamiento de la seguridad privada, solamente una normativa administrativa de la Dirección de Seguridad Pública de la Policía Nacional.
La Ley de Seguridad Privada fue aprobada por unanimidad el pasado 10 de junio en la Asamblea Nacional.
Según el vicepresidente de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, diputado Filiberto Rodríguez, durante las consultas y el dictamen de la ley se encontraron cuatro formas de brindar el servicio de seguridad privada en el país: protección física, traslado de valores, la instalación de tecnología y cercas eléctricas y la capacitación.
Registro nacional
Asimismo, el diputado Rodríguez manifestó que otra gran novedad en la ley es que manda a crear el Registro Nacional de Seguridad Privada en el país.
“El registro tendrá entre sus funciones inscribir a los prestadores de este servicio en una base de datos, así llevar el control de sus socios, personal directivo y administrativo, tipo de licencia que posee la empresa, ubicación de las armas de fuego que están en utilidad y las existentes en bodega”, detalló Rodríguez.
Agregó que la Policía Nacional, a través de la especialidad de Seguridad Pública, serán los encargados de crear el registro.
Costos de licencia
Por otro lado, el legislador especificó que los costos de licencia de operación de las empresas de seguridad privada serán determinados por el número de personal y el tipo de servicio que brinden.
“Si el número de guardas oscila entre 11 y 30 el valor de la licencia es de ocho mil córdobas, si son entre 751 a más trabajadores el costo será de 120 mil córdobas”, concluyó Rodríguez.
Por su parte, el presidente de este órgano legislativo, Luis Callejas, señaló que también se establecieron diferentes obligaciones a las empresas de seguridad.
Señaló que una parte esencial de la ley es la exigencia a todas las empresas de seguridad de crear un fondo de US$2,000, que será entregado a las familias de los guardas que pierdan la vida en el ejercicio de sus funciones.
Seguro Social
De igual forma, indicó que se exigirá a las empresas que cumplan con el certificado de Seguridad Social, pues será el requisito elemental para tener la licencia de operación.
“Otra cosa importante es que las empresas deberán reportar el cambio de trabajadores, y garantizar en todo momento la Seguridad Social de los empleados”, explicó Callejas.
Fuente: elnuevodiario