La Cámara de Diputados aprobó, con 399 votos a favor y cuatro en contra, reformas a la Ley Federal de Seguridad Privada, para obligar a las corporaciones de seguridad privadas en todo el país a transparentar su funcionamiento, armamento, reglas y registros sanitarios de los dispositivos que usan para cumplir sus tareas.

“Las empresas de seguridad privada han tenido un crecimiento exponencial, por lo que deben someterse a la regulación en todo su equipo tecnológico y balístico, porque no tenemos ese control (y) estas mismas empresas pueden eventualmente entrar en complicidad con organizaciones criminales”, señala el dictamen de reformas al artículo 25 de la Ley Federal de Seguridad Pública.

El documento aclara que las empresas no suplantarán a las autoridades de los tres niveles de gobierno encargadas de dicha función.

Las modificaciones anexan a los requisitos para prestar servicios de seguridad privada de la Ley Federal de Seguridad Pública, la obligación de que entreguen una relación de bienes inmuebles que utilicen para el servicio, incluido equipo de telecomunicaciones, armas, vehículos y aditamentos complementarios al uniforme.

Los prestadores de estos servicios que operen con dispositivos, sistemas o procedimientos técnicos especializados, tendrán que presentar una relación y muestra física de los equipos que utilicen para obtener la autorización.

El dictamen de la Comisión de Seguridad Pública señala que el objetivo es reforzar los requisitos a empresas que ofrecen servicios de vigilancia, rastreo, monitoreo y seguimiento de personas y vehículos, como dispositivos de localización que operan vía satélite.

“La problemática en el aumento de la incidencia delictiva, además de exigir mayor eficiencia en el funcionamiento de los cuerpos policiales, propicia que la sociedad busque medios y mecanismos alternativos para proteger su patrimonio y su integridad personal, por lo que el sector de la seguridad privada cobra auge, al constituirse como una actividad estratégica coadyuvante de la seguridad pública.

“Es importante actualizar el contenido de la ley, a fin de que las empresas dedicadas a prestar los servicios de alarmas y de monitoreo electrónico eleven el nivel de seguridad de los usuarios, estableciendo los requisitos que se deben cumplir, así como las condiciones mínimas de seguridad”, se destaca en el dictamen avalado ayer, y que fue turnado a la Presidencia de la República para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

FUENTE: www.eluniversal.com.mx