El proyecto fue presentado por el gobierno pasado en junio del 2006 pero durante su tramitación fue objeto de diversas modificaciones, que motivaron discrepancias entre las dos cámaras legislativas que debieron zanjarse en una Comisión Mixta de senadores y diputados. La proposición de la Mixta ya fue aprobada por el Senado y sólo restaba la votación en la Cámara para dejar lista la iniciativa para su promulgación.

Algunas de las disposiciones del texto legal tienen rango orgánico constitucional porque reforman la Ley de Bases Generales de Administración del Estado y la Ley Orgánica de Carabineros de Chile, por lo cual requerían la aprobación del voto conforme de los 4/7 de los parlamentarios de cada cámara (69 en el caso de los diputados).

La iniciativa legal crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que será el colaborador directo e inmediato del Presidente de la República en asuntos relativos al orden público y la seguridad pública interior, para cuyos efectos concentrará la decisión política en estas materias y coordinará, evaluará y controlará la ejecución de planes y programas que desarrollen los demás ministerios y servicios públicos en materia de prevención y control de la delincuencia, rehabilitación de infractores de ley y su reinserción social.

Esta repartición será el sucesor legal del Ministerio del Interior y tendrá bajo su dependencia las fuerzas de orden y seguridad, que se regirán por sus respectivas leyes orgánicas.

En el ejercicio de sus atribuciones en materia de seguridad pública interior y orden público, el Ministro del Interior y Seguridad Pública contará con la colaboración inmediata de las Subsecretarías del Interior y de Prevención del Delito.

La Subsecretaría del Interior será el órgano de colaboración inmediata del ministro en todas aquellas materias relativas a la seguridad pública interior, mantención del orden público y la coordinación territorial del gobierno.

La Subsecretaría de Prevención del Delito será el órgano de colaboración inmediata del ministro en todas aquellas materias relacionadas con la elaboración, coordinación, ejecución y evaluación de políticas públicas destinadas a prevenir la delincuencia, a rehabilitar y a reinsertar socialmente a los infractores de ley.

La nueva ley establece además el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que estará sujeto a las normas del Sistema de Alta Dirección Pública.

Este Servicio tendrá por objeto la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias sicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol, y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias sicotrópicas y, en especial, en la elaboración de una estrategia nacional de drogas y alcohol.

Por último, la iniciativa legal crea un Consejo Nacional de Seguridad Pública Interior, presidido por el ministro del Interior y Seguridad Pública e integrado por el ministro de Justicia, el subsecretario del Interior, el subsecretario de Prevención del Delito, el subsecretario de Justicia, un representante de la Corte Suprema designado por ésta, el Fiscal Nacional del Ministerio Público, el Defensor Nacional de la Defensoría Penal Pública, el general director de Carabineros de Chile, el director general de la Policía de Investigaciones de Chile, el director nacional de Gendarmería de Chile, el director nacional del Servicio Nacional de Menores, el director Nacional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y el presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades.

 

FUENTE: www.radiobiobio.cl