El Cosevi insistió esta tarde en que el sistema de vigilancia con cámaras no ha sido suspendido. Aclaró que la resolución dada a conocer hoy por la Sala IV se refiere a partes personales.

Para el Cosevi el mandato de los magistrados se refiere a los partes personales, hechos por oficiales de Tránsito. y no a los impersonales, hechos con las cámaras.

En el comunicado enviado por el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi), la presidenta ejecutiva de la institución, Silvia Bolaños, adujo que la resolución de la Sala IV “efectivamente suspendió el dictado de resoluciones que podrían implicar que las personas tengan que pagar multas relacionadas con el artículo 131b, que se refiere a irrespeto a la señales de tránsito fijas, límites de velocidad que no lleguen a velocidad temeraria e indicaciones de los oficiales de tránsito”.

Según Bolaños, el sistema de cámaras esta relacionado al artículo 131a y no es mencionado por el Tribunal Constitucional.

“Precisamente, al ser esta una acción de junio, es claro que no tiene que ver con el sistema de vigilancia de cámaras que entró en servicio en setiembre”, agrega el comunicado.

Bolaños dijo que pediría a la Sala IV una aclaración de los alcances del fallo emitido para evitar confusiones en los cuidadanos.

 

FUENTE: www.nacion.com