Desde Guanacaste llegó a la Sala IV la primera acción de inconstitucionalidad contra las multas de tránsito con ayuda de cámaras de vigilancia en carretera.

Adriana Vergara González presentó el alegato ante la Sala Constitucional desde el sábado 24 de setiembre.

La mujer objeta que se aplique la multa al dueño registral del vehículo pues, en su caso, el propietario del automotor falleció.

La acción se cursó con el número de expediente 11-12021-0007-CO; sin embargo, hasta ayer no había sido acogida por los magistrados, según confirmó Vanlly Cantillo, periodista de la Sala IV.

Ayer este medio intentó contactar a Adriana Vergara, pero no respondió ninguno de los teléfonos registrados a su nombre.

Silvia Bolaños, directora del Consejo de Seguridad Vial (Cosevi), dijo que en los casos en los que el dueño registral ya murió, quien responde por la multa es el albacea de los bienes del causante.

Primera notificación. Este lunes, además de la acción de Vergara, también se publicó la primera lista oficial de infractores que violaron los límites de velocidad.

Se trata de 15.429 partes, que se cargan a la placa y al dueño registral del vehículo.

Estos sancionados circularon 20 kilómetros por hora o más por encima del límite permitido entre el 8 y el 20 de setiembre, inclusive.

La lista se publicó en la versión digital del diario oficial La Gaceta. Una segunda publicación (con los mismos datos) se hará en La Nación mañana, y el viernes en la versión impresa de La Gaceta.

Según Silvia Bolaños, será hasta el viernes, cuando el Consejo de Seguridad Vial empiece a recibir las impugnaciones a las multas.

“Desde el lunes la lista es oficial, pero el plazo para impugnar arrancará el viernes 30” de setiembre, precisó la jerarca en una entrevista desde México.

Entre los 15.429 partes aparecen decenas de autobuses de transporte público, taxis, motos y unidades de carga liviana.

Solo en el primer día de multas con ayuda de cámaras se detectaron ocho vehículos de instituciones públicas.

Ellas son CNP, ICE, CNFL, CCSS, Cosevi, INA, Correos de Costa Rica y Recope. En días anteriores, voceros del Consejo aseguraron que la multa la pagará la institución responsable, pero luego le trasladará el cobro al empleado que infringió la ley.

Al cierre de edición la Sala IV no había recibido ninguna acción de inconstitucionalidad o amparo contra el modelo de notificaciones a través de la prensa.

FUENTE: www.nacion.com