• ¿Puede un hospital informar sobre el ingreso de un paciente o su estado?

    ¿Puede un hospital informar sobre el ingreso de un paciente o su estado?

     

    La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha fijado cuáles son los criterios sobre el adecuado tratamiento y protección de los datos personales que se deben atender en el ámbito sociosanitario.

    Este organismo trata así de despejar muchas dudas que existen en hospitales o centros asistenciales sobre si se puede o no informar sobre la estancia de un paciente y su estado de salud; las medidas que se deben adoptar si existen órdenes de alejamiento; o si se pueden facilitar datos a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

    La Agencia Española de Protección de Datos ha analizado por primera vez el cumplimiento de la protección de datos en el ámbito de la atención sociosanitaria, aunque estas inspecciones "de oficio" no tienen carácter sancionador sino preventivo para detectar deficiencias y plantear mejoras para elevar el nivel de protección de los datos personales de los ciudadanos.

    El "Plan de Inspección de oficio de la atención sociosanitaria", publicado hoy por este organismo, incluye recomendaciones a organismos públicos, empresas e instituciones titulares de centros sociosanitarios, que inciden en actuaciones necesarias para aplicar de una forma correcta la legislación española sobre la protección de los datos personales.

    Destacan entre las conclusiones las referidas a la información que se debe ofrecer al usuario de los servicios de protección de datos, y que según la AEPD debe ser "por capas, concisa y con un lenguaje claro, de acuerdo con la capacidad de comprensión del destinatario de la información".

    La primera capa deberían ser carteles informativos sencillos ubicados en zonas de acceso a los centros, y posteriormente profundizar en otras "capas" con información más detallada y personalizada.

    El plan incluye un apartado que da respuestas a las preguntas más frecuentes sobre la protección de los datos en estos ámbitos; por ejemplo si es posible cancelar determinados datos de un usuario a petición suya, llevar a cabo tratamientos con fines de investigación médica en un centro, o si es obligatorio facilitar datos personales de los usuarios del centro si lo solicitan las fuerzas de seguridad.

    Un usuario de estos servicios no puede cancelar sus datos personales; sí se pueden utilizar para investigación los datos de los pacientes -siempre haciendo un uso proporcional al objetivo que se persigue-; se pueden tratar los datos personales de personas que sufren ya un avanzado deterioro cognitivo; y sí, las fuerzas de seguridad pueden acceder a esos datos en el marco de una investigación y con el correspondiente mandato judicial.

    El documento que ha publicado la AEPD recomienda por otra parte minimizar la compartición de datos personales entre profesionales a lo estrictamente necesario; o que los empleados de estos centros que traten datos personales de los usuarios suscriban un compromiso de confidencialidad y eviten la utilización de "usuarios genéricos" compartidos por varios trabajadores.

    La Agencia Española de Protección de Datos apreció muchas dudas sobre si los centros pueden facilitar información sobre la estancia, ubicación o estado de salud de un usuario a solicitud de los familiares.

    En este sentido, el organismo que vela por la adecuada protección de los datos ha subrayado que se debe recabar el consentimiento del usuario, aunque en el caso de "urgencia vital" o si la presencia de personas vinculadas al paciente puede ser "esencial" para la debida atención del usuario -y siempre que el paciente no se haya opuesto a que se facilite esa información- el centro puede informar si la persona se encuentra ingresada y de su ubicación.
     
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    Fuente: Noticiasdenavarra

     

  • ¿Qué puede hacer una cámara térmica o un control de fiebre en locales y comercios contra el coronavirus y cómo se manejan los datos que obtendría?

    ¿Qué puede hacer una cámara térmica o un control de fiebre en locales y comercios contra el coronavirus y cómo se manejan los datos que obtendría?

    Con las nuevas fases de desescalada llegan nuevas incógnitas sobre cómo se va a reanudar la actividad económica y social y qué puede hacer la tecnología para ayudar en el proceso. En algunas informaciones se habla ya de la toma de la temperatura para entrar a ciertos comercios y locales e incluso de la instalación de cámaras térmicas que lo hagan de manera automatizada. Desde la perspectiva de la protección de datos, este asunto es algo delicado, sobre todo en el ambiente laboral y en las medidas tomadas para los empleados, y a nivel epidemiológico no es la práctica más avalada tampoco.

    La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) habla de ese último punto para explicar los supuestos en los que se podría utilizar esta tecnología de una manera que no sea de lo más intrusiva: si hay que hacerse, que se haga, pero que al menos tenga el visto bueno de las autoridades sanitarias y que esté contemplado el uso que se le va a dar a los datos de salud que se recojan sobre esta práctica. Ya se ha denunciado ante este organismo a alguna empresa por esta práctica al considerar que vulnera derechos.

     

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    Las evidencias epidemiológicas sobre el control de la temperatura corporal como factor decisivo continúan siendo escasas

    La Organización Mundial de la Salud (OMS) se pronunció sobre la eficacia de los escáneres térmicos para detectar a personas infectadas con COVID-19. Dice que los escáneres térmicos son efectivos a la hora de detectar personas que han desarrollado fiebre como consecuencia del nuevo coronavirus, pero no pueden detectar a las personas infectadas que aún no presentan fiebre (algunas personas infectadas tardan entre 2 y 10 días en tener fiebre). Y no solo eso, sino que hay muchas personas que no llegan a tener fiebre pero sí desarrollan otros síntomas o que "la disimulan mediante el uso de antipiréticos".

    Los métodos o aparatos por los que se mide la temperatura también son importantes, porque pueden dar resultados más o menos precisos sobre la temperatura, y tampoco hay, por el momento, ninguna directriz fijada sobre qué temperatura deberían tomar (hipotéticamente) los empresarios que introdujeran estas medidas y tecnologías.

    “La fiebre, en sí misma, no es indicativa de COVID-19 ni de ninguna enfermedad concreta. Es síntoma y signo de múltiples enfermedades, no solo infecciosas”, aclaran desde el grupo de comunicación de la Sociedad Española de Microbiología a Maldita Tecnología.

    Es necesaria esta especificación porque, como señalan, el principal problema epidemiológico “son los portadores presintomáticos y asintomáticos, que no tienen fiebre y escaparían a este control” y a cualquier otro basado en síntomas: “Un control de temperatura no garantiza en ningún momento que no pasen personas contagiosas sin síntomas o con sintomatología leve. Por el contrario, es posible detectar como sospechosas a personas que no padecen COVID-19”.

    Sí que consideran que en un “escenario pandémico de vigilancia epidemiológica exhaustiva” tomar la temperatura puede ser “útil” como un “cribado sencillo para, de una forma muy inespecífica, detectar posibles casos activos de infección”. La cuestión es que a nivel privado y de pequeños negocios podría no ser “procedente” debido a la “falta de competencia de los propietarios para interpretar este síntoma inespecífico”, según señalan.

    “El control de temperatura sin prescripción por parte de la autoridades sanitarias no está recomendado en ninguna de las circunstancias”, resume Jesús Molina Cabrillana, secretario de la Sociedad Española de Medicina Preventiva Salud Pública e Higiene y jefe del servicio de Medicina Preventiva del Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil de Las Palmas de Gran Canaria. “La fiebre puede tener diversos orígenes (no solo las infecciones), puede verse afectada por antitérmicos y no siempre está presente en COVID”, explica.

    Cuando comenzó la pandemia, este tipo de controles se implantaron en aeropuertos y puertos de algunos países, y ya entonces varios estudios determinaron que es un método con baja efectividad y un problema para el caso de los falsos negativos. 

    ¿Mi temperatura corporal es un dato personal?

    La temperatura corporal y un posible síntoma de fiebre o febrícula es un dato propio de salud que no puede tratarse a la ligera. En el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) este tipo de información goza de una protección especial.

    “Este tratamiento de toma de temperatura supone una injerencia particularmente intensa en los derechos de los afectados. Por una parte, porque afecta a datos relativos a la salud de las personas, no sólo porque el valor de la temperatura corporal es un dato de salud en sí mismo sino también porque, a partir de él, se asume que una persona padece o no una concreta enfermedad, como es en estos casos la infección por coronavirus”, afirma la AEPD en un comunicado emitido el 30 de abril.

    Aquí se añade la preocupación de que la temperatura corporal, aislada de otro tipo de información, no tiene por qué revelar la identidad de una persona, pero sí produce cierto estigma al darse por hecho que con síntomas de fiebre esta padece COVID-19: “las consecuencias de una posible denegación de acceso pueden tener un importante impacto”, se explica.

    La AEPD incide en que “estas medidas deben aplicarse sólo atendiendo a los criterios definidos por las autoridades sanitarias”, tanto en lo relativo a la “utilidad” que pueda tener como en su “proporcionalidad”. Y que “esto es especialmente aplicable en los casos en que la toma de temperatura se realice utilizando dispositivos (como, por ejemplo, cámaras térmicas) que ofrezcan la posibilidad de grabar y conservar los datos o tratar información adicional, en particular, información biométrica.”

    Medidas aparte: ¿pueden las empresas hacer esto? “En España, las empresas tienen el deber de proteger la salud de sus trabajadores, velar por la salud de los empleados y sí están legitimados para llevar a cabo determinados tratamientos, pero con algunas particularidades”, explica Ruth Benito Díaz, abogada especializada en protección de datos y miembro de CovidWarriors.

    Y bajo ese supuesto, recogido en el art. 22.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, es como la AEPD afirma que esta recogida de datos podría justificarse jurídicamente: porque los empleadores tienen que garantizar la seguridad y la salud de las personas trabajadoras. En principio, los datos de salud “los deben poder manejar únicamente personal sanitario, mutuas o los servicios de prevención de riesgos laborales, pero no la empresa en sí”, añade Benito Díaz.

    Jorge García Herrero, abogado especializado de Secuoya Group, sostiene que “cualquier control sobre el trabajador debe ser fundamentado documentalmente como necesario, proporcional y limitado” y que “cualquier medida de control de estas características realizada por la empresa a través de personal propio sobre toda la masa de trabajadores debería venir precedida de una evaluación de impacto en privacidad”. Lo que viene a decir que si la medida es estrictamente necesaria, bien. Pero que si no, habría que plantearse una alternativa.

     

    Not2.06.05

     

    Sanidad no ha transmitido ninguna recomendación a los comercios de implantar estas medidas de control

    A 5 de mayo, el Ministerio de Sanidad no ha transmitido ninguna recomendación a los locales y establecimientos que pueden ir abriendo en las distintas fases de desescalada sobre la toma de temperatura corporal. Si bien en lo que respecta a determinados comercios y servicios en una de las órdenes ministeriales del Boletín Oficial del Estado (BOE) se habla de establecer “el aforo máximo y las distancias mínimas que es necesario respetar”, así como medidas para garantizar la seguridad, no hay nada especificado sobre impedir el acceso si alguien tiene fiebre. Desde el departamento también han confirmado que no hay ninguna recomendación al respecto.

    En el artículo 3 de la Orden SND/388/2020 del 3 de mayo, además se especifica los casos en los que un trabajador no podrá incorporarse a su puesto de trabajo en un establecimiento comercial:

    Y en el caso del acceso de clientes que acudan a los establecimientos que abran, se fijan las siguientes pautas a cumplir:

    ¿Puedo negarme a que me tomen la temperatura si me lo piden en un establecimiento?

    Es la gran pregunta, en vista de que muchos establecimientos pueden implantar este sistema si así lo consideran. En el caso de los trabajadores, se deben cumplir una serie de requisitos para que la empresa pueda hacer un reconocimiento médico que incluya la toma de temperatura en el marco de la pandemia de COVID-19: que la medida sea proporcional, idónea y necesaria y que cuente con el consentimiento de los trabajadores o de los representantes de los trabajadores, en su defecto.

    Fabián Valero, abogado especialista en derecho laboral en el grupo Zeres, explica que hay dos derechos fundamentales que están en conflicto en este caso: el derecho a la intimidad y el derecho a la vida e integridad física. Ninguno desaparece al firmar un contrato con una empresa, pero sí que te integras en una estructura empresarial cuya dirección podrá organizar tu trabajo y determinar ciertas medidas.

    Según el artículo 4 y 5 del Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores tienen derecho a una protección efectiva de la salud y una prevención de riesgos laborales adecuada, pero también tienen la obligación de acatar instrucciones de la empresa. Frente a una pandemia que puede afectar al colectivo de los trabajadores, el reconocimiento médico se podría hacer solo con los tres requisitos, según Valero, entre ellos determinar si la medida es “idónea”, “proporcional” y “necesaria”. Si cumple con esos tres supuestos, podría hacerse si el trabajador lo consiente.

    Y si no, con "una excepción, que dice que una situación de riesgo inminente o grave para el resto de trabajadores, para el propio trabajador o terceros, la empresa puede hacer un reconocimiento médico, con previo informe de los representantes de los trabajadores”, explica Valero.

    Si soy un cliente, la situación puede ser complicada, sobre todo si es a través de una tecnología como una cámara térmica, que probase que tengo una temperatura corporal elevada y que luego se me identificase, en consecuencia. La AEPD no lo categoriza de ilegal siempre y cuando se haga una evaluación apropiada de la medida y se integre la protección adecuada al tratamiento de los datos personales obtenidos.

    “En el caso de la comprobación de la temperatura corporal como medida preventiva de la expansión de la COVID – 19, esa base jurídica no podrá ser, con carácter general, el consentimiento de los interesados”, explica la AEPD. Con eso se refiere a que las personas afectadas que quieran entrar a un establecimiento que impone esta norma no podrían negarse a someterse al control de temperatura, por ejemplo, por lo que tampoco existiría la “libertad” de dar nuestro consentimiento para hacerlo. O lo tomas o lo dejas.

    #coronavirus #covid19 #agenciaespañoladeprotecciondedatos #protecciondedatos #coronavirustemperaturacorporal

    Fuente: Maldita

  • Los aeropuertos controlarán con cámaras la temperatura de pasajeros desde el 1 de julio

    Los aeropuertos controlarán con cámaras la temperatura de pasajeros desde el 1 de julio

     

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     Sanidad Exterior controlará con cámaras la temperatura de todos los pasajeros internacionales en los aeropuertos de la red de Aena a partir del próximo 1 de julio y se digitalizará el registro de los datos de su localización por si fuera necesario un rastreo posterior. Desde el pasado 15 de mayo, todos los pasajeros que proceden del extranjero pasan un control de temperatura que, a partir del 1 de julio, se automatizará con cámaras termográficas ante el aumento del tráfico en los aeropuertos.

    El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha informado este jueves, en un comunicado, de que su titular, José Luis Ábalos, ha supervisado hoy las medidas de seguridad frente al covid-19 adoptadas en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas. En la visita, acompañado por el presidente de Aena, Maurici Lucena, Ábalos ha recorrido los principales espacios de la terminal T4 donde, entre otras medidas ya implantadas, personal del Ministerio de Sanidad está realizando los controles documentales y de temperatura a los pasajeros provenientes de destinos internacionales.

    Hasta el momento, Barajas cuenta con medidas, y que también se están implantando en los demás aeropuertos, como carteles informativos; dispensadores de gel hidroalcohólico; marcas y huellas de distanciamiento; mensajes en las pantallas digitales; mamparas protectoras y mensajes de megafonía que cada poco tiempo informan a los pasajeros, por ejemplo, de la necesidad de llevar puesta la mascarilla en todo momento o de mantener la distancia personal en las diferentes dependencias aeroportuarias.

     

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     Además de cámaras termográficas, el Passenger Location Card (PLC), el registro para la localización del pasajero que ahora se cumplimenta en el avión y se entrega en mano en el control de temperatura, se digitalizará para contribuir también a un tránsito más fluido por el aeropuerto. Aena colaborará con Sanidad Exterior en estas labores de vigilancia y control sanitario mediante la firma de un convenio entre ambas instituciones. Las competencias sanitarias y de uso de los datos de salud obtenidos en el ejercicio de estas funciones de control sanitario serán de exclusiva titularidad del Ministerio de Sanidad, mientras que Aena, desde el 1 de julio, aportará los medios humanos y tecnológicos necesarios, tanto para la instalación y uso de las cámaras termográficas, como para el desarrollo tecnológico del PLC.

    Aena está implementando su Plan de Recuperación Operativa, articulado en línea con las recomendaciones de la Comisión Europea y la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA), en colaboración con el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC). Se trata de un paquete de iniciativas y protocolos de seguridad, con el objetivo de restaurar el funcionamiento seguro del transporte aéreo en Europa y cuya formulación ha sido coordinada con los Estados miembros y con las asociaciones de aeropuertos (ACI Europe) y de compañías aéreas (IATA).

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    Debido a ese trabajo con ACI, "no es extraño" que las medidas contenidas en el protocolo de EASA y del ECDC sean, básicamente, las que ya estaban contempladas en el plan de recuperación operativo, en el que Aena empezó a trabajar en abril y que ya se encuentra en estado de implantación, en un grado considerablemente avanzado. Todos los aeropuertos de la red de Aena están implementando ya medidas para que se vuelva a volar con la máxima seguridad y los de AS Madrid-Barajas, JT Barcelona-El Prat, Gran Canaria y Palma de Mallorca serán algunos de los proyectos piloto de EASA

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    #camarasdeseguridadmallorca #camarastermicasmallorca #aeropuertomallorca #covid19 #proteccioncoranovirus #tomadetemperaturaaeropuerto


    Fuente: Elconfidencial

  • Se triplican las alarmas de ciberseguridad de alto nivel

    Se triplican las alarmas de ciberseguridad de alto nivel

     

    La pandemia también ha tenido una repercusión negativa en el mundo digital: el aumento de los ciberataques tanto a empresas y particulares como a servicios sanitarios. Según datos recopilados por el Centro de Operaciones de Seguridad (SOC) de Grupo Oesía, las alarmas consideradas altas se han multiplicado por tres durante el estado de alarma, mientras que las consideradas medias se han doblado.

    En el caso concreto de los servicios sanitarios, los incidentes de seguridad se han duplicado, lo que está obligando a potenciar la monitorización de redes y la implementación de servicios de vigilancia digital (extendida incluso a Deep y  Dark web) para prevenir la ocurrencia de ciberataques a través de la alerta temprana (integrando la información de todos los entes dedicados a combatir la ciberdelincuencia).

    Entre otros servicios, el Centro de Competencias en Ciberseguridad de Grupo Oesía asesora la Oficina de Seguridad del Servicio Madrileño de Salud, contando con un servicio de SOC 360 grados, 24 horas al día los 365 días del año. En el caso de instalaciones críticas del sector de sanitario, como el hospital de campaña de IFEMA, Grupo Oesía ha instalado una sonda para analizar el tráfico de red y poder detectar cualquier tipo de actividad sospechosa que ponga potencialmente en riesgo la prestación del servicio a los ciudadanos afectados por el COVID-19 que son tratados en el hospital de campaña, antes mencionado.

    Principales vectores de ataque

     En general, tanto en el ámbito corporativo como sanitario y particular, los principales vectores de ataques detectados son:

    • Phishing: envío de mails y comunicaciones de mensajería instantánea haciendo alusión al coronavirus para “aprovechar” la necesidad de las personas de información relacionada con este tema, pero que realmente emplean enlaces fraudulentos.
    • Ransomware: en línea con lo anterior, se están enviando masivamente correos en los que se adjuntan ficheros con algún programa dañino que ocasionan el cifrado de dispositivos.
    • Ciberataques contra las herramientas de trabajo y comunicación corporativas, con el objetivo de acceder a información confidencial de los usuarios, aprovechando el aumento del teletrabajo.
    • Ingeniería Social: también aprovechándose del teletrabajo, los ciberdelincuentes se hacen pasar por un servicio técnico para convencer a los usuarios de que le den acceso a información confidencial.

    Ciberseguridad durante la pandemia Covid19

    #ciberseguridad #ataquecibernetico #robodedatos #phishing #ransomware #usofraudulentodedatos #usoinapropiedadodeinformación

    Fuente: computing

  • Videovigilancia inteligente para alertar cuando alguien no lleva mascarilla

    Videovigilancia inteligente para alertar cuando alguien no lleva mascarilla

     

    Avisar cuando alguien no lleva puesta una mascarilla o cuando el distanciamiento social no es el adecuado. Así son las cámara de seguridad inteligentes presentadas por Motorola con las que buscan acelerar la vuelta a la normalidad durante la desescalada provocada por la pandemia del COVID-19.

    Se trata de un proyecto conjunto entra la empresa Motorola y el fabricante de sistemas de videovigilancia Avigilon que combina el tradicional sistema de seguridad con sistemas de inteligencia artificial.

    El sistema es capaz de reconocer objetos y de medir las distancias de tiempo real. De este modo es posible saber si las personas están cumpliendo en todo momento con las medidas decretadas por las autoridades. 

    "Estas soluciones combinan el poder del vídeo y del análisis de la inteligencia artificial para recolectar grabaciones y patrones estadísticos sobre cuando los protocolos de distancia social no se han vulnerado y sobre cuando una persona no está llevando una mascarilla", asegura Motorola en un comunicdado de prensa. 

    En caso de que se notifique alguna anomalía, el sistema avisa a los responsables para que puedan tomar medidas

    Se trata de un sistema de "prevención" especialmente destinado a tiendas y lugares de trabajo

    "El análisis aumenta la seguridad de los empleados al equipar a las organizaciones con la información que necesiten para implementar medidas que faciliten el cumplimiento de con las instrucciones sanitarias", asegura Motorla. 

     

    videovigilancia y mascarillas

     

    SISTEMA DE RESPUESTA

    Asimismo, el sistema anunciado por Motorola cuenta con la capacidad de rastrar a las personas que se encuentran dentro de un centro de trabajo o una oficina con el fin de determinar que personas se han podido encontrar expuestas al Covid-19 en el lugar de trabajo.

     

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    #videovigilanciamallorca #camarasdeseguridad #videovigilanciamascarillas #videovigilanciafrenteaCovid19 #proteccioncoranovirus

     

    Fuente: Larazon Elmundo

  • Videovigilancia para monitorizar a pacientes críticos del Covi-19

    Videovigilancia para monitorizar a pacientes críticos del Covi-19

     

    El Hospital General Universitario de Alicante ha instalado en el área de los quirófanos infantiles un sistema audiovisual integral, que se compone de cámaras IP y tablet, para poder monitorizar a los pacientes críticos con Covid-19 desde un único control.

    En esta área quirúrgica se ha habilitado una zona destinada a los pacientes graves con Covid-19, una actuación que permite al centro estar preparado para la pandemia y hacer frente a los casos que puedan producirse.

    Esta innovadora idea, fruto de la colaboración entre los profesionales del Servicio de Anestesiologia y Reanimación, "permite llegar a monitorizar a diferentes pacientes a la vez, de forma remota, en un lugar que no había sido concebido para ello y sin realizar grandes inversiones", ha subrayado el anestesiólogo José Navarro, quien ha coordinado esta instalación junto a Carlos Muñoz, adjunto del mismo servicio.

    La herramienta facilita a los profesionales la visualización del paciente y de sus constantes vitales en tiempo real, lo que resulta fundamental en las unidades de pacientes críticos. "Desde el control central se pueden observar diferentes camas de manera simultánea y desde la tablet se puede acceder a una en concreto, pudiendo revisar determinadas alarmas sin necesidad de acceder a la zona restringida", ha apuntado el anestesiólogo Carlos Muñoz.

    Todo ello evita la continua entrada y salida del personal sanitario, "optimizando los recursos materiales (EPI) y aumentando la seguridad tanto del paciente como del profesional", han explicado las mismas fuentes.

    Las ventajas de este sistema, que ofrece una alta resolución, son la facilidad de uso, mediante tecnología wifi, así como su rentabilidad y versatilidad, dado que podrá ser utilizado en otras áreas en el futuro.

    En definitiva, esta instalación ha supuesto la aplicación de las nuevas tecnologías de una forma sencilla, con el fin de dar un nuevo uso al área quirúrgica infantil, reconvirtiéndola para adaptarse a la pandemia

     

    Videovigilancia Covid19

    #videovigilancia #videovigilanciacoronavirus #seguridadcovid19 #tecnologiacontracovid19 #camarasdeseguridad

    Fuente: Elmundo