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Las empresas españolas tienen un plazo de dos meses para aplicar la medida de registrar la jornada laboral de los trabajadores. Este plazo comenzará a correr desde la publicación en el BOE del Decreto Ley aprobado el 8 de marzo que añade un “apartado 9” al Estatuto de los Trabajadores diciendo que ese registro “deberá incluir el horario concreto de entrada y salida de cada persona trabajadora”. El empresario tendrá la obligación de conservar los registros durante cuatro años y ponerlos a disposición de trabajadores, sindicatos, la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social por el mismo período. Incumplir el registro de jornada también será motivo de sanción grave con multas de entre 626 y 6.250 euros, por la reforma de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Aparte de este reciente imperativo legal en el mundo laboral, disponer de un control de accesos resulta útil y necesario en instalaciones muy diversas. El clásico “control de accesos autónomo” que se limita a abrir puertas, tornos o barreras es ya elemento fundamental de cualquier sistema de seguridad general para recintos donde se quiera poder elegir entre denegar o permitir el acceso y se pretenda controlar las entradas y salidas tanto de personas como de vehículos.
El paso siguiente son los sistemas de control de accesos que añaden a esta función el empleo de un software con conexión a los dispositivos instalados, mediante la cual se puede autorizar o denegar el acceso por determinados pasos desde Central. Además, este tipo de Control de Accesos en línea permite almacenar todos los movimientos que se producen por las distintas puertas, guardándolos para poder ser consultados en caso de necesidad.
Estos sistemas de control de accesos, al tener almacenados los movimientos de entrada y salida de las personas por las diferentes puertas, ya son capaces de realizar además la función de control de presencia ahora requerido para las empresas, y su utilidad se amplía a categorías especiales como las rondas de vigilancia y “trabajos con rotación” o a las más generales del “fichaje” de empleados en todo tipo de compañías. Compuestos por un dispositivo y un software, los sistemas de control de presencia permiten conocer las horas trabajadas de los empleados y a gestionarlas ayudando a comparar su horario teórico con el realmente trabajado y detallando las incidencias que, en su caso, hayan provocado incumplimientos horarios.
Los controles de accesos se clasifican por su conectividad (conectarse o no a la red) y por su forma de autenticación. Según su conectividad, hay dos tipos: Por un lado, los mencionados “autónomos” que no precisan conectarse a la red y realizan su función de validación autónomamente, mediante un pulso eléctrico que activa el relé cuando la persona autorizada se identifica.
Por otro, los que además de abrir registran los movimientos en su base de datos “en línea”, almacenándolos para su posible uso posterior. Para ello, estos dispositivos se han de conectar a una red Ethernet, RS232 o WiFi. Uno de los usos, adicionales, más frecuentes de los datos recogidos por el Control de Accesos es el Control de Presencia.
Según el método de autenticación del usuario, los sistemas de control se dividen en los que pueden leer datos biométricos (el lector identifica la huella dactilar, el iris o parámetros del rostro) y los que utilizan otro tipo de identificación, como tarjetas (bien magnéticas o bien las de proximidad RFID que no requieren contacto para ser leídas) y los sistemas que se activan introduciendo una contraseña en un teclado, que son casi residuales.
Necesito un sistema de control… ¿Solo puedo comprarlo?
Para todos los usos mencionados, y especialmente ahora con la obligatoriedad de registrar la jornada laboral a punto de implementarse, muchas empresas van a necesitar sistemas y es fácil que se pierdan entre las diversas opciones técnicas y una oferta tan amplia. Cada caso es distinto y los niveles de seguridad o los servicios que demanda cada cliente son igualmente múltiples.
En referencia a la ley, lo que va a exigir es el registro de las horas de entrada y salida de nuestros trabajos. Esta es una vertiente muy clara de control de presencia, y puede ligarse o no al control de accesos. En primer lugar, hay que tener claro lo que se está buscando. La opción de alquilar o comprar los sistemas de control de presencia y accesos es una decisión que minimiza los riesgos del inevitable período prueba/error y ayuda a despejar cualquier duda.
TTCS es una empresa de seguridad malorquina experta en cualquier elemento de seguridad, y disponemos de gran variedad de sistemas para controlar el acceso y la presencia de los trabajadores. Para ponerse en contacto con nosotros y recibir información sobre ello, puede enviarnos un email a administracióEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o puede llamarnos al 971607952 o visitar nuestras oficinas situadas en la calle Camí Can Frontera, 26B, en Pla de na Tesa, Marratxí, dónde estaremos encantados de asesorarles sobre estos tipos de controles de acceso o cualquier otro elemento o dispositivo de seguridad.
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Fuente: Cuadernosdeseguridad